Archive for the ‘LA REGLA de La LEY’ Category

2022/11/26

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11b-CARTAS a traidores a LA CONSTITUCION .doc / pdf

( Pág. 20 Word 4627 )
Cartas a Infames Traidores a La Constitución
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Mayo 2018

A ultimo momento, como otra introducción de este libro, inserto aquí las primeras paginas de la
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carta que personalmente, intente (infructuosamente) entregarle a la diputada Carrió, en el edificio del Congreso, y en la oficina que tiene fuera del congreso, en un viejo edificio, de Avenida Rivadavia, a Página
metros del cadáver de lo que fue El Molino. Todo esto después de viajar expresamente (varias veces) desde Chicago , Roca (RN) y desde el barrio Congreso (Bs. As.) Con esto doy por terminado mi

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ultimo intento, por llegar a este (ya indudable) gobierno elitista, sordo, esquizofrénico, un producto mas de “La Suma del Poder Publico de Infames Traidores a La Patria” blasfemia cívica monstruosa generada por los peores de USA, y los abogados jueces de la Corte Suprema de Justicia Argentina (CSJA), el día 10 de Septiembre de 1930. Los Malditos Traidores a La Patria son: Acordada Infame de la Corte Suprema de Justicia Argentina: Presidente de La Maldita Corte: Figueroa

Alcorta, jueces Roberto Repetto Antonio Sagarna Ricardo Guido Lavalle. Procurador General: Horacio Rodríguez Larreta.

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Honorable Diputada Elisa Carrió
Su Despacho
Presente
(Si personalmente logro llegar a Usted) _____________________________________

Miércoles 23 de Noviembre de 2016

Buenos Aires (Barrio Congreso)

Nuestro actual gobierno argentino, no esta respondiendo de acuerdo a lo esperado por quienes tanto hemos hecho por un verdadero cambio. Desde el día 1ro de Diciembre de 2015. está completamente bloqueado; Argentina ni siquiera tiene un Servicio de Relaciones Exteriores competente; ya que fueron incapaces de hacerles llegar mis dos cartas originales

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iguales, que personalmente entregue en el Consulado Argentino en Chicago; cartas originales iguales para los dos Presidentes fe La Nación que Argentina tuvo desde el 1 al 10 de Diciembre: Cristina Fernández Kirchner MC (Mandato Cumplido) y Mauricio Macri PE (Presidente Electo).

Desde entonces no he dejado de intentar hacer llegar al Presidente de La Nación, información importante (documentada), para atención personal del máximo nivel del Gobierno Nacional; Sr. Presidente (Casa Rosada); luego de fracasar repetidamente, intenté hacer lo mismo por intermedio de La Primer Dama (Residencia Presidencial de Olivos) y también mediante la Vicepresidente de La Nación, (Honorable Senado de La Nación).

Dra. Carrió, usted, a lo largo de los años, me ha fallado varias veces en asuntos muy importantes, pero tiene rebeldía, supo separarse de los “partidos” y hoy forma parte del gobierno, por lo que no tengo derecho a perder la esperanza que pueda inyectar un poco de cordura en el gobierno de M. Macri.

De habérseme escuchado, Argentina hubiese evitado errores tan elementales y absurdos como el papelón que hizo(1) en declaraciones publicas de lo tratado con La Nueva Primer Ministro del Reino
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Unido (UK) sobre Malvinas: y en forma similar días mas tarde con el Presidente Electo de USA

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(y tras el bochorno Internacional, de inmediato El Presidente se retracto y pidió perdón públicamente. –

(POTUS 45). Es difícil imaginar el ¿por qué? de estos errores(2) y ¡tanta torpeza! (¿incapacidad, impotencia o mala fe?) pero no importa las intenciones, lo impórtate es poder entender como, desde afuera se sigue viendo a nuestra Argentina. – (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal o navegue por algunos de mis blogs!www.juntos2015.wordpress.com / http://www.ingpsm.wordpress.com / http://www.eudeta.wordpress.com / http://www.usofwa.wordpress.com)

Desde afuera, nos siguen viendo como a una nación populista, corrupta, subdesarrollada, sin respeto a La Ley y ni a su propia Constitución; inconfiable, que ni siquiera entendió el mensaje cara a cara con guiños que el 24 de Marzo de 2016 El Presidente Obama le dio al Presidente Macri; justo en el 40ta aniversario del dilema argentino Ético Legal igual al de USA, que El Presidente Obama(3), (MC) no ha podido resolver con la base de Guantánamo en Cuba (Pese a que fue su mas importante promesa pre-electoral… (Mas detalles, información y pruebas documentales las encontrara en este libro, o a demanda personal)

Los argentinos no debemos desperdiciar esta oportunidad de recuperar a nuestra Patria rápida y dignamente mostrando a todos, (por segunda vez) el mejor modelo de país del mundo, tal como lo hicimos hasta el 10 de Septiembre de 1930(4). (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal o navegue por algunos de mis blogs!www.juntos2015.wordpress.com / http://www.ingpsm.wordpress.com / http://www.eudeta.wordpress.com / http://www.usofwa.wordpress.com)

La negativa a escuchar lo que tengo que informar, huele muy mal, pues solo estoy usando uno de los derechos ciudadanos mas simples “peticionar a las Autoridades” (art. 14 Constitución Nacional – 1853). De allí viene el mal olor, pues después de escucharme; es responsabilidad indelegable del Presidente decidir que hacer, o no hacer Yo no pido ayuda ni sugiero que hagan lo que ya he hecho sin pedir permiso a nadie– (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal o navegue por algunos de mis blogs!www.juntos2015.wordpress.com / http://www.ingpsm.wordpress.com / http://www.eudeta.wordpress.com / http://www.usofwa.wordpress.com)

Negarse a escuchar es muy grave; en Ingles “I don’t want to Know” es la diferencia entre cometer solamente un error por ignorante o ser responsable de un delito inmoral que en el caso de Argentina la condena a Argentina a seguir entre las naciones corruptas del planeta, área liberada para la depredación mafiosa internacional.

En pocas palabras: tolerancia informada y/o complicidad con la corrupta Mafia Internacional, que en el pasado (presidencia de Menem) pese a las declaraciones publicas (De la boca para afuera) del Ministro Corach, sobre que la seguridad del Fiscal Pablo Lanusse (y su valiosa familia) frente a reiterados secuestros, torturas y amenazas intimidatorias para que abandone el caso del oro,

Es difícil de imaginar -a menos que- se entienda mi diagnostico sociológico: Sindrome Sociológico Anárquico Esquizofrénico, o SASS por “SOCIOLOGICAL ANARCHIC SCHIZOPHRENIC SYNDROME” en Ingles. (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal)

El Presidente Obama fue, desde antes de ser electo a su primer administración de 4 años, un excelente abogado formado en las Universidades de Harvard y Columbia, (Major en Derecho Político) que (pre- electoralmente) prometió: “Solucionarla el vergonzoso Dilema Ético-Legal de USA, al tener prisioneros de por vida SIN condena, Juicio, y ni siquiera una acusación, en franca violación a La Ley que ordena sean liberados a menos que (al menos) se los acuse de algo en 180 días a partir de su encarcelamiento en La Base de USA en Guantánamo. – (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal)

Este es el punto importante para que Argentina NO CONSIENTA (ni pasivamente) DESPOJOS por parte
de gobiernos corruptos, por mas poderosas que sean las Naciones a las que representan (POTUS 45 es la
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repetición histórica ACTUAL de POTUS 31) (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal)
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Tampoco esto es una “invención mía” Sugiero leer “Fixing Liberty without Permission, by Charley Murray (CATO Institute) – (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal)

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finalmente el Fiscal renuncio al caso por “agotamiento físico y mental…”– (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal o navegue por algunos de mis blogs! www.juntos2015.wordpress.com / http://www.ingpsm.wordpress.com / http://www.eudeta.wordpress.com / http://www.usofwa.wordpress.com)

Querida Dra. Carrió: Ud. es abogada; yo medico no abogado; nuestras disciplinas de trabajo y de pensar son distintas, no se oponen, se complementan; así, con los mismos hechos nos muestran enfoques diferentes. Desde hace años Ud. forma parte del gobierno, pero –que yo recuerde- nunca ha sido un político conformista y obediente, mas bien siempre ha buscando nuevas maneras de mejorar, lo que me muestra amplitud de pensamiento y receptividad.

¿Qué puede perder con escucharme? ¿por qué reiteradamente se niega a recibirme y escuchar? En una sola audiencia, podrá comenzar a entender lo que yo ya he hecho “AD HONOREM” sin pedir permiso a nadie, ni nada a cambio para miEstoy tratando de informarles a Ustedes… al gobierno Argentino Ustedes se llevaran el crédito si recuperan Argentina. He venido desde Chicago, y desde Gral. Roca (RN) para esto, sin esperar nada a cambio como lo hicimos, en la enorme muchedumbre bajo la lluvia durante El Grito del Silencio” al mes de asesinato del Fiscal Nisman. (a la que yo asistí … ¿fue Usted?

Ya informada Usted podrá decidir Si acepta o no el desafío de “Parar Gallardamente a Argentina”; tal como (al final de esta carta) nos lo pide Miguel Torres de Velázquez, o con rabia y determinación como Almafuerte ambas palabras endoso sin reservas.

El principal problema que tenemos en Argentina (y el resto del mundo) es moral, falla nuestra MORAL PUBLICA, la perdida de confianza del Pueblo (la gente simple de todos los niveles intelectuales); lo que ahora esta empeorando por la perdida de “La Esperanza” de un cambio real.

Yo también, desde hace muchos años me he comprometido políticamente, pero mas que como activista, como un analista sociólogo. Desde General Roca y Villa Regina, hice un pequeño análisis de antecedentes internacionales de “votos protesta” y fui el autor de la sigla Q.S.V.T. (Que Se Vayan Todos) que años mas tarde, con una caricatura, popularizó Daniel Paz. – (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal o navegue por algunos de mis blogs! www.juntos2015.wordpress.com / http://www.ingpsm.wordpress.com / http://www.eudeta.wordpress.com / http://www.usofwa.wordpress.com)

En mi visión actual para recuperar la confianza y La Moral Publica de la ciudadanía simple –de a pie- no es necesario ni bueno convencer a nadie, cada uno deberá seguir haciendo lo mejor que pueda de acuerdo a su Buena Fe (conciencia), y con cada enfoque personal empujar por Argentina agrupados tras un signo que nos agrupe a todos, (QDLR ¡QUE DEVUELVAN LO ROBADO). ¡No se ofenda, no estoy hablando de los políticos, sino de lo que nos roban y siguen robando LOS DE AFUERA Las Mafias Internacionales Infiltradas en todos los gobiernos,

Estoy convencido Lilita que Ud. debe escucharme para luego considerar si es o no la mejor oportunidad de Argentina y de su vida personal para convertirse en El Estadista Internacional que necesitamos, en este fin del mundo que conocemos7. – (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal o navegue por algunos de mis blogs!

6 Esta información debe tratarse con puntillosa responsabilidad pues como en el caso del Fiscal Lanusse, del Fiscal Nisman, y del Juez Thomas Griesa (Corte del Distrito Sur de Nueva York. compromete mi seguridad y
la de mi familia. – (Mas detalles, información y pruebas documentales a demanda personal)
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“El Fin del Mundo que Conocemos” es el titulo de otro tema complejo geopolítico, que es conveniente
tener una idea general para comprender, y no desorientarse. – (Mas detalles, información y pruebas
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documentales a demanda personal)

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http://www.juntos2015.wordpress.com / http://www.ingpsm.wordpress.com / http://www.eudeta.wordpress.com / http://www.usofwa.wordpress.com)

Yo he venido desde Chicago, a Roca (RN) y de Roca a Bs. As. para esto, estos parando precariamente a metros de su despacho, esperando su llamado, el teléfono fijo es xxxx xxxx y el celular (0298) xxx-xxxx

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Esperanzado la saluda Dr. Gastón A. Saint Martin MD

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Lo que sigue fueron mas intentos fracasados … de ayudar a Argentina…

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Démosle al Sr. Miguel Torres de Velázquez, su Ultimo Ruego a Dios: Ver a Los Argentinos Otra vez DE PIE

Este Es el momento ansiado por Velázquez …

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AZORADhttp://wp.me/p75ef4-72

AZORADO; es la única palabra que se me ocurre para describir lo que leo, veo, escucho sobre vosotros, queridos ARGENTINOS. Ustedes, sí USTEDES, orgullosos ARGENTINOS, realizadores de hazañas por naturaleza, valientes en la guerra y solidarios en la paz.
Receptores de brazos abiertos para todos los que alguna vez fuimos expulsados de nuestras propias tierras. Bendecidos por el Altísimo con un País extraordinario en belleza, geográfica y humana, una Nación cuya palabra nunca pasa desapercibida, guía de Latinoamérica, señera en el “Nuevo Mundo”, altiva ilustre, envidiada por el “Viejo Mundo”, odiada por las actuales “potencias” a quienes hicieron frente aún en total inferioridad de condiciones, “Dueños de Las Malvinas”, creadores y criadores de Belgrano, San Martín, Alberdi, Roca, Sarmiento, Saavedra Lamas, Gardel, Borges, Houssay, Favaloro, Milstein…

¿Qué os pasa? ¿Por qué nos priváis al resto de los mortales de tan excelsas virtudes? A nosotros que esperamos de Ustedes todo, PORQUE TODO LO PUEDEN. ¿Que estáis esperando? ¡Sois ARGENTINA, sois ARGENTINOS!

Finalizando mi octava década de vida, lamento no haber sido Argentino. Lamento no haber nacido bajo la “Celeste y Blanca”, lamento, desde mi España natal, no poder acercarme físicamente a vuestra imponente Buenos Aires, a vuestras sofisticadas Córdoba y Rosario, a las Inmensamente bellas Salta

y San Miguel de Tucumán, o a cualquiera de vuestras exquisitas Ciudades para hacer sentir la voz de un Admirador del Pueblo Argentino, PUEBLO (con mayúsculas) que, desgraciadamente, hoy está subyugado por la mentira y la traición, atravesados por la corrupción que os libera a vuestra propia suerte ante drogas y
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asesinatos.
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¡LEVANTAOS! ¡Mostradnos el camino! ¡Tenéis la obligación de alardear de vuestra DIGNIDAD! ¡EL MUNDO LA NECESITA! ¡No os podéis dejar avasallar ni vituperar por la INDECENCIA e INMORALIDAD que no forma parte de vuestra idiosincrasia!
¡NO PERMITÁIS QUE OS HAGAN CREER QUE SOIS BUENA GENTE PORQUE NO RECLAMÁIS!
Vosotros siempre fuisteis y seguiréis siendo “BUENA GENTE” porque mostrasteis al mundo vuestros reclamos y exigisteis ser respetados. Para ello… ¡Volved a respetaros! Escupid la maldad de vuestros gobernantes, recuperad “los laureles que supisteis conseguir”, “vivid coronados de gloria”, porque para eso habéis sido creados por el Santísimo y dadnos la alegría al resto de los mortales, que no tuvimos la suerte de nacer en esa INCOMPARABLE Nación:
¡“AL GRAN PUEBLO ARGENTINO SALUD”!
Mi tiempo ya pasó, dentro de poco estaré delante del Creador rindiendo cuentas, pero si me permitiese un deseo, aunque sea uno solo le pediría:
DEJADME VER A LOS ARGENTINOS ¡NUEVAMENTE DE PIE! Camarada y Compatriota Miguel Torres de Velázquez: ¡PRESENTE! Ciudadano Español y orgullosamente Argentino POR ELECCIÓN.

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Escuchemos también a Almafuerte y a Mario Benedetti

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¡ AVANTI ARGENTINA!

Si te postran diez veces, te levantas otras diez, otras cien, otras quinientas; no han de ser tus caídas tan violentas ni tampoco, por ley, han de ser tantas. Con el hambre genial con que las plantas asimilan el humus avarientas, deglutiendo el rencor de las afrentas se formaron los santos y las santas. Obcecación asnal, para ser fuerte, nada más necesita la criatura,
y en cualquier infeliz se me figura

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que no mellan los garfios de la suerte … ¡ Todos los incurables tienen cura cinco minutos antes de su muerte !

¡ARGENTINA PIU AVANTI !

No te des por vencida, ni aún vencida, no te sientas esclava, ni aún esclava; trémula de pavor, piénsate brava,
y acomete feroz, ya mal herida. Ten el tesón del clavo enmohecido que ya viejo y ruin, vuelve a ser clavo; no la cobarde estupidez del pavo que amaina su plumaje al primer ruido. Procede como Dios que nunca llora;
o como Lucifer, que nunca reza;
o como el robledal, cuya grandeza necesita del agua, y no la implora… Que muerda y vocifere vengadora, ya rodando en el polvo, tu cabeza !

¡ MOLTO PIU AVANTI ARGENTINA!

Los que viertan sus lágrimas amantes sobre las penas que no son sus penas; los que olvidan el son de sus cadenas para limar las de los otros antes;
los que van por el mundo delirantes repartiendo su amor a manos llenas, caen, bajo el peso de sus obras buenas, sucios, enfermos, trágicos, sobrantes. ¡Ah! Nunca quieras remediar entuertos; nunca sigas impulsos compasivos; ten los garfios del Odio siempre activos y los ojos del juez siempre despiertos… y al echarte en la caja de los muertos, menosprecia los llantos de los vivos !

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¡ ARGENTINA MOLTO PIU AVANTI ANCORA !

Esta vida mendaz es un estrado

donde todo es estólido y fingido, donde cada anfitrión guarda escondido su verdadero ser tras el tocado:
No digas tu verdad ni al más amado,
no demuestres temor ni al más temido, no creas que jamás te hayan querido por más besos de amor que te hayan dado. Mira cómo la nieve se deslice
sin una queja de su labio yerto, cómo ansía las nubes del desierto
sin que a ninguno su ansiedad confíe: Maldice de los hombres, pero ríe; vive la vida plena, pero muerta.

¡ MOLTISIMO PIU AVANTI ANCORA REPUBLICA !

Si en vez de las estúpidas panteras y los férreos, estúpidos leones, encerrasen dos flacos mocetones en la frágil cárcel de las fieras:
No habrían de yacer noches enteras en el blando pajar de sus colchones, sin esperanzas ya, sin reacciones, lo mismo que dos plácidas horteras; Cual Napoleones pensativos, graves, no como el tigre sanguinario y maula, escrutarían palmo a palmo su jaula, buscando las rendijas, no las llaves… Seas la que tú seas, ya lo sabes:
a escrutar las rendijas de tu jaula !

¡ VERA VIOLETA !

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En pos de su nivel se lanza el río por el gran desnivel de los breñales; el aire es vendaval, y hay vendavales por la ley del no fin, del no vacío; la más hermosa espiga del estío
ni sueña con el pan en los trigales; el más dulce panal de los panales no declaró jamás: yo no soy mío;
y el sol, el padre sol, es raudo foco que fomenta la vida en la Natura, por calentar los polos no se apura, ni se desvía un ápice tampoco:
¡ Todo lo alcanzarás, solemne loco… siempre que lo permita tu estatura !

LA YAPA

Como una sola estrella no es el cielo, ni una gota que salta, el Océano,
ni una falange rígida, la mano,
ni una brizna de paja, el santo suelo: tu gimnasia de jaula no es el vuelo,
el sublime tramonto soberano,
ni nunca podrá ser anhelo humano tu miserable personal anhelo.
Qué saben de lo eterno las esferas ? de las borrascas de la mar, las gotas ? de puñetazos, las falanges rotas ?
de harina y pan, las pajas de las eras ?… ¡ Detén tus pasos Lógica, no quieras que se hagan pesimistas los idiotas !

¡Gran poeta argentino!

Pedro Bonifacio Palacios https://es.wikipedia.org/wiki/Pedro_Bonifacio_Palacios

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Mario Benedetti a Argentina

Recuerda Argentina que La Perfección, es una pulida colección de errores

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No te rindas Argentina – por favor no cedas, Aunque el frio queme,
aunque el miedo muerda,
aunque el sol se ponga y se calle el viento, Aun hay fuego en tu alma,
aun hay vida en tus sueños,
porque cada día es un comienzo, porque esta es la hora y el mejor momento, porque NO estas sola
porque yo te quiero.

– — 0—

Se oyen pasos de alguien que nunca llega…

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Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas
de pronto cambiaron todas las preguntas…

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A Los que buscan
aunque no encuentren
a los que avanzan aunque se pierdan a los que viven
aunque se mueran

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Te quiero en mi paraíso
es decir que en mi país
la gente viva feliz
aun sin permiso
Si te quiero es porque sos mi amor, mi cómplice en todo y en la calle, codo a codo somos mucho mas que dos

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OBERTURA a la CORDURA Argentina y Planetaria

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14/04/2018 – 10:56 Justicia

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cont
ra el presidente de la Corte Suprema.

Nueva denuncia de Elisa Carrió contra Ricardo Lorenzetti. Foto archivo.

La diputada Elisa Carrió ampliará el próximo lunes su pedido de juicio político contra el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti,
por «mal desempeño y eventuales delitos en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo que dispone el artículo 53 y concordantes de la

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ampliación, a cuyo escrito accedió Clarín.

Constitución Nacional».

Carrió realizó la primera denuncia contra el titular del Alto Tribunal el 5 de abril de 2017. Un año después llevará adelante una

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La “inapropiada e intimidatoria injerencia” del presidente de la Corte sobre los otros dos poderes de la República al tratar de impedir la denuncia en su

contra; haber “montando un aparato de inteligencia” a través del sistema de

escuchas; la acordada impidiendo que jueces ordinarios o nacionales integren los tribunales federales; o una “nueva embestida del Poder Judicial” para volver al statu quo “en materia de lucha contra la corrupción” con el accionar de los jueces que liberaron a Cristóbal López, son algunos de los argumentos que la diputada sumó a su denuncia original.

El presidente Mauricio Macri, junto al titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti.

La líder de la Coalición se refiere a “acontecimientos de extrema gravedad institucional” con un tinte de “presión y extorsión” de Lorenzetti al presidente Mauricio

Macri. Así interpreta Carrió que ocurrió cuando el titular de la Corte el 4 de abril de 2017 le envió a ella “una carta documento solicitando se desmienta ciertas afirmaciones que habían esgrimido sobre él”. Y el 18 de abril de 2017 hiciera lo propio comunicándole a la diputada “que iniciaría una acción de responsabilidad civil por daños”.

Mirá también

Macri, Lorenzetti y Carrió, vértices de un triángulo fehttps://www.clarin.com/opinion/macri-lorenzetti-carrio-vertices- triangulo-feroz_0_By1kFX3oz.htmlroz

Luego, cita una serie de notas periodísticas que reflejan supuestos pedidos de Lorenzetti al Poder Ejecutivo Nacional para que Carrió desactive la embestida judicial en su contra.

“Las notas mencionadas revelan los intentos de presión y extorsión del Presidente de la Corte contra el Presidente de la Nación. Ha intentado

infructuosamente que el Presidente Macri como líder político de la fuerza de
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gobierno influya sobre el
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Congreso de la Nación, que será en definitiva quien

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decida la continuidad o no de Ricardo Luis Lorenzetti como juez de la Corte”, sostiene.

En el escrito, Carrió introduce la pulseada entre el Poder Judicial y el Gobierno, en el intento de la Casa Rosada de ascender a jueces nacionales y ordinarios para que cubran vacantes en el fuero federal.

Elisa Carrió, diputada de Cambiemos.

“Por medio de la Acordada N°4/2018 la Corte Suprema, so pretexto de ejercer funciones de Superintendencia y cambiando Lorenzetti su criterio en precedentes anteriores, fuera del marco de un caso concreto, se pronunció en contra de lo dispuesto en la ley 27.307”, de fortalecimiento de tribunales oral criminal federal y penal económico. En ese acordada, la Corte rechazó que el Tribunal Oral Criminal No 10 de la Capital Federal se convirtiera en Tribunal Oral Federal No 9.

Mirá también

En Argentina se investigan casi 2.200 causas por corrupción, y Comodoro Py tiene 50 casos hace más de una década

Así, la Corte “a través de su presidente”, por medio de “una simple Acordada, invalida no solo una ley regularmente sancionada y que no ha sido objeto de cuestionamiento alguno, sino que además desconoce la facultad constitucional ejercida por quienes son legítimos representantes del pueblo”.

Acto seguido, Carrió cita la polémica que involucró a los jueces Eduardo Farah y Jorge Ballesteros al ordenar no sólo la liberación de Cristóbal López y Fabian de Souza en la causa en que se investiga una evasión de $ 8 mil millones en su origen, sino el cambio de

carátula minimizando la figura de fraude al Estado a simple evasión.

“Los dos acontecimientos relatados precedentemente —y que,

reiteramos, tienen como único objetivo garantizar la impunidad de los sujetos imputados— guardan una estrecha vinculación con el

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Dr. Lorenzetti”, sostiene el escrito. Carrió señala que el titular de la Corte “habría incidido en el dictado de estas dos resoluciones judiciales con el fin de ‘presionar’ al Congreso Nacional para que no le envíe un pedido de informes solicitándole explicaciones sobre varias difusiones de escuchas que se filtraron en los últimos tiempos vinculados a la ex presidenta Cristina Kirchner y al ex titular de la AFI Oscar Parrilli”.

Mirá también

Arrecia el fuego cruzado con Ricardo Lorenzetti

Otro de los puntos de la ampliación de la denuncia es el sistema de escuchas. “Todo ha sido manejado sin independencia, o con un disfraz de independencia, y que finalmente queda a cargo de personas con relaciones de amistad y de otra naturaleza con el Presidente de la Corte, quienes están en puestos claves”.

“La Acordada N° 3/2017 genera y deja en manos del Dr. Lorenzetti un verdadero aparato de poder. Como mínimo algunos diputados de la nación nos preguntamos el por qué de la ampliación de personal en más del doble, el motivo del incremento de las interceptaciones y la razón para y la competencia para que la Corte Suprema haga inteligencia por sí misma”, dice.

“No podemos pasar por alto que el Dr. Lorenzetti está montando un aparato de inteligencia a través del sistema de escuchas, del de peritos y a través de la nueva asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (que podrían funcionar como verdaderos agentes de inteligencia encubiertos)”, asegura.

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Y concluye que “ tuvo por objetivo hacer una oficina en la Corte con enormes atribuciones a través de la cual también se puedan realizar tareas de inteligencia

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paralela”.

Mirá también

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La Corte fijó límites para el traslado de los jueces pero le envió un guiño al Gobierno

La primera denuncia

En la denuncia del 2017, Carrió había mencionado un «oscuro patrimonio» de Lorenzetti, una dura calificación que justifica con las sospechas sobre el departamento de Puerto Madero en el que viviría el juez, perteneciente a una sociedad radicada en Rafaela -la ciudad santafesina de la que él es oriundo- vinculada a su hijo mayor. Lorenzetti no declaró ese inmueble.

Carrió también relaciona al titular de la Corte con una de las supuestas falsas mutuales investigadas en la causa Fútbol para Todos como fachadas para negociados financieros a través del cambio de los cheques que AFA pagaba a los clubes. La diputada se refiere a la mutual Pyme Rural. «El 54% del padrón de asociados de Pyme Rural realizaron su adhesión el mismo día, el 15 de mayo del 2015, entre ellos el Presidente de la Corte, sus hijos, socios y demás familiares», dice. Un detalle no está mencionado en la denuncia: la jueza de esa causa, María Servini, mantiene un enfrentamiento contra Lorenzetti tanto o más duro que el de la propia Carrió.

La denuncia también cuestiona la supuestamente «irregular matriz

administrativa del Poder Judicial» a causa de «la transferencia de estructuras

propias del ámbito de actuación y control del Consejo de la Magistratura a la

Corte Suprema de Justicia de la Nación», «la cooptación de las estructuras del

Consejo de la Magistratura para la concentración del poder y el manejo de los

fondos de la justicia», el «intento de no ser controlado por la Auditoría General

de la Nación» y «la pelea por la caja judicial durante el trámite de las leyes de

Cristina Kirchner para someter al poder judicial.»

https://www.clarin.com/politica/elisa-carrio-redobla-embestida-ricardo-lorenzetti-refuerza-pedido-juicio- politico_0_BkMmhuJ3f.html#cxrecs_s

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Ve Tambien

Lorenzetti un Mono con Navaja
19 https://ingpsm.files.wordpress.com/2018/04/lorenzetti-ricardo-luis-un-mono-con-navaja-2.pdf Página

SHOCK DE CONFIANZA con el ARTICULO 29

2016/11/20

!GRACIAS Maxima de Holanda, es una Gran Ayuda!

¡Nosotros haremos el resto:  Barrer La Maldad bajo la Alfombra No Basta; El Articulo 29 La Elimina!

Enlace Corto >  http://wp.me/p2hqUO-Sf 

TRASPASO DE PODER y HOLANDA

MAXIMA de Holanda y Las Inundaciones de Bs As

 

Pagaremos Honradamente Todo lo Que Legítimamente Debemos y … ¡Nos Lo Van Agradecer!

Las Naciones del Planeta están en Equizofrenia-Anarquia. AméricA, ArgentinA. tienen el mejor diagnostico y tratamiento; pero aun no lo vemos claro. Somos los únicos que tenemos al Articulo 29 en La Constitución-1853/60, y muy solventes como para negociar con honor, una deuda invalida, ética, moral, legal y constitucionalmente; y la solvencia que nos da tener miles de toneladas de oro PatAgonico robadas a recuperar con la colaboración de USA, UK tal como ya lo hicieron con Holanda; (QuiTam, FCPA, FSIA) y los antecedentes constitucionales y legales en USA y Argentina, (Bases y Puntos de Partida para la Organización, Político Rentística de La Republica Argentina de J.B. Alberdi) La Constitución Argentina 1853-60, Constitución de La Provincia de Rio Negro (Art 11) y antecedentes, herramientas legales, información Lloyd y servicios de inteligencia en USA, UK y Holanda Información desclasificada anterior y posterior inmediata a La Guerra Austral que comenzó el 2 de Mayo de 1982. (fallas gravísimas de M. Thatcher y de CF Kirchner, y aun mas grave por POTUS-31 (Herbert Hoover el 10 de Septiembre de 1930). El Articulo 29 es una herramienta formidable para de los actos malignos de validez insalvable realizados por infames traidores a La Patria; incluidos entre muchos mas: nombramientos de embajadores, deudas, venta de territorio y soberanía a China para instalación de estaciones de rastreo de cohetes intercontinentales y /o satelitales. Pero es un error grave asumir que M. Macri ya derrotó al mal y no volverá. Macri necesito la mitad mas uno para llegar a la Presidencia pero ahora necesita a todos para que Argentina vuelva a ser la Republica que en 1930 asombro al mundo. Tenemos la “bandera” que nos unirá a todo los argentinos bien nacidos: Q.D.L.R. ; ni Cristina se negará  Que Devuelvan Lo Robado.

Gracias por entender..

Dr. Gastón A. Saint Martin MD

gsaintmartin@hotail.com (Skype Gastón SaintMartin ) Tel (+1 708 763 9292)

Constitucion Nacional Argentina

2016/07/30

CN 1853  Texto Original

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1853 – Constitución de la Nación Argentina [texto original]

Nos, los Representantes del Pueblo de la Confederación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las Provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Confederación Argentina.

 

Parte primera

Capítulo único.

Declaraciones, derechos y garantías

Artículo 1.- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución.

Artículo 2.- El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano.

Artículo 3.- Las autoridades que ejercen el Gobierno federal residen en la Ciudad de Buenos Aires, que se declara Capital de la Confederación por una ley especial.

Artículo 4.- El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional, formado del producto de derechos de importación y exportación de las Aduanas; del de la venta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general, y de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencia de la Nación, o para empresas de utilidad nacional.

Artículo 5.- Cada provincia confederada dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria gratuita. Las constituciones provinciales serán revisadas por el Congreso antes de su promulgación. Bajo de estas condiciones el Gobierno federal garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones.

Artículo 6.- El Gobierno federal interviene con requisición de las Legislaturas o gobernadores provinciales, o sin ella, en el territorio de cualquiera de las provincias, al solo efecto de restablecer el orden público perturbado por la sedición, o de atender a la seguridad nacional amenazada por un ataque o peligro exterior.

Artículo 7.- Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia gozan de entera fe en las demás; y el Congreso puede por leyes generales determinar cuál será la forma probatoria de estos actos y procedimientos, y los efectos legales que producirán.

Artículo 8.- Los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos, privilegios e inmunidades inherentes al, título de ciudadano en las demás. La extradición de los criminales es de obligación recíproca entre todas las provincias con federadas.

Artículo 9.- En todo el territorio de la Confederación no habrá más aduanas que las nacionales, en las cuales regirán las tarifas que sancione el Congreso.

Artículo 10.- En el interior de la República es libre de derechos la circulación de los efectos de producción o fabricación nacional, así como la de los géneros y mercancías de todas clases, despachadas en las aduanas exteriores.

Artículo 11.- Los artículos de producción o fabricación nacional o extranjera, así como los ganados de toda especie, que pasen por territorio de una provincia a otra, serán libres de los derechos llamados de tránsito, siéndolo también los carruajes, buques o bestias en que se transporten; y ningún otro derecho podrá imponérseles en adelante, cualquiera que sea su denominación, por el hecho de transitar el territorio.

Artículo 12.- Los buques destinados de una provincia a otra, no serán obligados a entrar, anclar y pagar derechos por causa de tránsito.

Artículo 13.- Podrán admitirse nuevas provincias en la Confederación; pero no podrá erigirse una provincia en el territorio de otra u otras, ni de varias formarse una sola, sin el consentimiento de la Legislatura de las provincias interesadas, y del Congreso.

Artículo 14.- Todos los habitantes de la Confederación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

Artículo 15.- En la Confederación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución; y una ley especial reglará las indemnizaciones a que dé lugar esta declaración. Todo contrato de compra y venta de personas, es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano p funcionario que lo autorice.

Artículo 16.- La Confederación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra consideración que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.

Artículo 17.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Confederación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el Artículo 4. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del código penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.

Artículo 18.- Ningún habitante de la Confederación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento, los azotes y las ejecuciones a lanza o cuchillo. Las cárceles de la Confederación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.

Artículo 19.- Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Confederación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.

Artículo 20.- Los extranjeros gozan en el territorio de la Confederación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Confederación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República.

Artículo 21.- Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la Patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Ejecutivo nacional. Los ciudadanos por naturalización son libres de prestar o no este servicio por el término de diez años contados desde el día en que obtengan su carta de ciudadanía.

Artículo 22.- El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.

Artículo 23.- En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el Presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas. Su poder se limitará en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Confederación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino.

Artículo 24.- El Congreso promoverá la reforma de la actual legislación en todos sus ramos y el establecimiento del juicio por jurados.

Artículo 25.- El Gobierno federal fomentará la inmigración europea; y no podrá restringir, limitar ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias, e introducir y enseñar las ciencias y las artes.

Artículo 26.- La navegación de los ríos interiores de la Confederación es libre para todas las banderas, con sujeción únicamente a los reglamentos que dicte la autoridad nacional.

Artículo 27.- El Gobierno federal está obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en conformidad con los principios de derecho público establecidos en esta Constitución.

Artículo 28.- Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio.

Artículo 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del, poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías, por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan Consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria.

Artículo 30.- La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes, pasados diez años desde el día en que la juren los Pueblos. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto.

Artículo 31.- Esta Constitución, las leyes de la Confederación que en su consecuencia se dicten por el Congreso, y los tratados con las potencias extranjeras, son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales.

 

Parte segunda.

Autoridades de la Confederación

Título primero.

Gobierno Federal

Sección primera.

Del Poder Legislativo

Artículo 32.- Un Congreso compuesta de dos Cámaras, una de Diputados de la Nación, y otra de Senadores de las provincias y de la Capital, será investido del Poder Legislativo de la Confederación.

 

Capítulo I.

De la Cámara de Diputados

Artículo 33.- La Cámara de Diputados se compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias y dela Capital, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado, y a simple pluralidad de sufragios en razón de uno por cada veinte mil habitantes, o de una fracción que no baje del número de diez mil.

Artículo 34.- Los diputados para la primera legislatura se nombrarán en la proporción siguiente: por la Capital seis (6); por la provincia de Buenos Aires seis (6); por la de Córdoba seis (6); por la de Catamarca tres (3); por la de Corrientes cuatro (4); por la de Entre Ríos dos (2); por la de Jujuy dos (2); por la de Mendoza tres (3); por la de La Rioja dos (2); por la de Salta tres (3); por la de Santiago cuatro (4); por la de San Juan dos (2), por la de Santa Fe dos, (2); por la de San Luis dos (2); y por la de Tucumán tres (3).

Artículo 35.- Para la segunda legislatura deberá realizarse el censo general, y arreglarse a él el número de diputados; pero este censo sólo podrá renovarse cada diez años.

Artículo 36.- Para ser diputado se requiere haber cumplido la edad de veinticinco años y tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio.

Artículo 37.- Por esta vez las legislaturas de las provincias reglarán los medios de hacer efectiva la elección directa de los diputados de la Nación: para lo sucesivo el Congreso expedirá una ley general.

Artículo 38.- Los diputados durarán en su representación por cuatro años, y son reelegibles; pero la Sala se renovará por mitad cada bienio; a cuyo efecto los nombrados para la primera legislatura, luego que se reúnan, sortearán los que deban salir en el primer período.

Artículo 39.- En caso de vacante, el Gobierno de provincia, o de la Capital, hace proceder a la elección legal de un nuevo miembro.

Artículo 40.- A la Cámara de Diputados corresponde exclusivamente la iniciativa de las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas.

Artículo 41.- Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al Presidente y Vicepresidente de la Confederación y a sus ministros, a los miembros de ambas cámaras, a los de la Corte suprema de justicia, y a los gobernadores de provincia, por delitos de traición, concusión, malversación de fondos públicos, violación de la Constitución, u otros que merezcan pena infamante o de muerte; después de haber conocido de ellos, a petición de parte, o de alguno de sus miembros, y declarada haber lugar a la formación de causa por mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes.

 

Capítulo II.

Del Senado

Artículo 42.- El Senado se compondrá de dos senadores de cada provincia, elegidos por sus legislaturas a pluralidad de sufragios; y dos dela Capital elegidos en la forma prescripta para la elección, del Presidente de la Confederación. Cada senador tendrá un voto.

Artículo 43.- Son requisitos para ser el elegido senador: tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Confederación, y disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes, o de una entrada equivalente.

Artículo 44.- Los senadores duran nueve años en el ejercicio de su mandato, y son reelegibles indefinidamente; pero el Senado se renovará por terceras partes cada tres años, decidiéndose por la suerte, luego que todos se reúnan, quiénes deben salir en el primero y segundo trienio.

Artículo 45.- El Vicepresidente de la Confederación será Presidente del Senado; pero no tendrá voto sino en el caso que haya empate en la votación.

Artículo 46.- El Senado nombrará un Presidente provisorio que lo presida en caso de ausencia del Vicepresidente, o cuando éste ejerza las funciones de Presidente de la Confederación.

Artículo 47.- Al Senado corresponde juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados, debiendo sus miembros prestar juramento para este acto. Cuando el acusado sea el Presidente de la Confederación, el Senado será presidido por el presidente de la Cortesuprema. Ninguno será declarado culpable, sino a mayoría de los dos tercios de los miembros presentes.

Artículo 48.- Su fallo no tendrá más efecto que destituir al acusado, y aun declararle incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo en la Confederación. Pero la parte condenada quedará, no obstante, sujeta a acusación, juicio y castigo conforme a las leyes ante los tribunales ordinarios.

Artículo 49.- Corresponde también al Senado autorizar al Presidente de la Confederación para que declare en estado de sitio uno o varios puntos de la República en caso de ataque exterior.

Artículo 50.- Cuando vacase alguna plaza de senador por muerte, renuncia, u otra causa, el Gobierno a que corresponda la vacante, hace proceder, inmediatamente a la elección de un nuevo miembro.

Artículo 51.- Sólo el Senado inicia las reformas de la Constitución.

 

Capítulo III.

Disposiciones comunes a ambas Cámaras

Artículo 52.- Ambas cámaras se reunirán en sesiones ordinarias todos los años desde el l.º de mayo hasta el 30 de septiembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente Por el Presidente de la Confederación, o prorrogadas sus sesiones.

Artículo 53.- Cada.- Cámara es juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros en cuanto a su validez. Ninguna de ellas entrará en sesión sin la mayoría absoluta de sus miembros; pero un número menor podrá compeler a los miembros ausentes a que concurran a las sesiones, en los términos y bajo las penas que cada Cámara establecerá.

Artículo 54.- Ambas Cámaras empiezan y concluyen sus sesiones simultáneamente. Ninguna de ellas mientras se hallen reunidas, podrá suspender sus sesiones más de tres días, sin el consentimiento de la otra.

Artículo 55.- Cada Cámara hará su reglamento y podrá con dos tercios de votos, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación, y hasta excluirlo de su seno; pero bastará la mayoría de uno sobre la mitad de los presentes para decidir en las renuncias que voluntariamente hicieren de sus cargos.

Artículo 56.- Los senadores y diputados prestarán, en el acto de su incorporación, juramento de desempeñar debidamente el cargo, y de obrar en todo en conformidad a lo que prescribe esta Constitución.

Artículo 57.- Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador.

Artículo 58.- Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho.

Artículo 59.- Cuando se forme querella por escrito ante las justicias ordinarias contra cualquier senador o diputado, por delito que no sea de los expresados en el Artículo 41, examinado el mérito del sumarlo en juicio público, podrá cada Cámara, con dos tercios de votos, suspender en sus funciones al acusado, y ponerlo a disposición del juez competente para su juzgamiento.

Artículo 60.- Cada una de las Cámaras puede hacer venir a su sala a los ministros del Poder Ejecutivo para recibir las explicaciones e informes que estime convenientes.

Artículo 61.- Ningún miembro del Congreso podrá recibir empleo o comisión del Poder Ejecutivo, sin previo consentimiento de la Cámararespectiva, excepto los empleos de escala.

Artículo 62.- Los eclesiásticos regulares no pueden ser miembros del Congreso, ni los gobernadores de provincia por la de su mando.

Artículo 63.- Los servicios de los senadores y diputados son remunerados por el Tesoro de la Confederación con una dotación que señalará la ley.

 

Capítulo IV.

Atribuciones del Congreso

Artículo 64.- Corresponde al Congreso:

  1. Legislar sobre las aduanas exteriores, y establecer los derechos de importación y exportación que han de satisfacerse en ellas;
  2. Imponer contribuciones directas por tiempo determinado y proporcionalmente iguales en todo el territorio dela Confederación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan;
  3. Contraer empréstitos de dinero sobre el crédito dela Confederación;
  4. Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional;
  5. Establecer y reglamentar un Banco Nacional enla Capitaly sus sucursales en las provincias, con facultad de emitir billetes;
  6. Arreglar él pago de la deuda interior y exterior dela Confederación;
  7. Fijar anualmente el presupuesto de gastos de administración dela Confederación, y aprobar o desechar la cuenta de inversión;
  8. Acordar subsidios del Tesoro nacional a las provincias cuyas rentas no alcancen, según sus presupuestos, a cubrir sus gastos ordinarios;
  9. Reglamentar la libre navegación de los ríos interiores, habilitar los puertos que considere convenientes, y crear y suprimir aduanas;
  10. Hacer sellar monedas, fijar su valor y. el de las extranjeras; y adoptar un sistema uniforme de pesos y medidas para todala Confederación;
  11. Dictar los códigos civil, comercial, penal y de minería, y especialmente leyes generales para todala Confederaciónsobre ciudadanía y naturalización, sobre bancarrotas, sobre falsificación de la moneda corriente y documentos públicos del Estado, y las que requiera el establecimiento del juicio por jurados;
  12. Reglar el comercio marítimo y terrestre con las naciones extranjeras y de las provincias entre sí;
  13. Arreglar y establecer las postas y correos generales dela Confederación;
  14. Arreglar definitivamente los límites del territorio dela Confederación; fijar los de las provincias, crear otras nuevas, y determinar por una legislación especial la organización, administración y gobierno que deben tener los territorios nacionales, que queden fuera de los límites que se asignen a las provincias;
  15. Proveer a la seguridad de las fronteras; conservar el trato pacífico con los indios, y promover la conversión de ellos al catolicismo;
  16. Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo;
  17. Establecer tribunales inferiores ala Supremacorte de justicia, crear y suprimir empleos, fijar sus atribuciones, dar pensiones, decretar honores y conceder amnistías generales;
  18. Admitir o desechar los motivos de dimisión del Presidente o Vicepresidente dela República, y declarar el caso de proceder a nueva elección: hacer el escrutinio y rectificación de ella;
  19. Aprobar o desechar los tratados concluidos con las demás Naciones, y los concordatos conla Silla Apostólica; y arreglar el ejercicio del patronato en todala Confederación;
  20. Admitir en el territorio dela Confederaciónotras órdenes religiosas a más de las existentes;
  21. Autorizar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o hacer la paz;
  22. Conceder patentes de corso y de represalias, y establecer reglamentos para las presas;
  23. Fijar la fuerza de línea de tierra y de mar en tiempo de paz y guerra; y formar reglamentos y ordenanzas para el gobierno de dichos ejércitos;
  24. Autorizar la reunión de las milicias de todas las provincias, o parte de ellas, cuando lo exija la ejecución de las leyes dela Confederación, y sea necesario contener las insurrecciones o repeler las invasiones. Disponer la organización, armamento y disciplina de dichas milicias, y la administración y gobierno de la parte de ellas que estuviese empleada en servicio dela Confederación, dejando a las provincias el nombramiento de sus correspondientes jefes y oficiales, y el cuidado de establecer en su respectiva milicia la disciplina prescripta por el Congreso;
  25. Permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio dela Confederación, y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él;
  26. Declarar en estado de sitio uno o varios puntos dela Confederaciónen caso de conmoción interior, y aprobar o suspender el estado de sitio declarado, durante su receso, por el Poder Ejecutivo;
  27. Ejercer una legislación exclusiva en todo el territorio dela Capitalde la Confederación, y sobre los demás lugares adquiridos por compra o cesión en cualquiera de las provincias para establecer fortalezas, arsenales, almacenes, u otros establecimientos de utilidad nacional;
  28. Examinar las Constituciones provinciales y reprobarlas si no estuviesen conformes con los principios y disposiciones de esta Constitución; y hacer todas las leyes y reglamentos que sean convenientes para poner en ejercicio los poderes antecedentes y todos los otros concedidos por la presente Constitución al Gobierno dela Confederación Argentina.

 

Capítulo V.

De la formación y sanción de las leyes

Artículo 65.- Las leyes pueden tener principio en cualquiera de las Cámaras del Congreso, por proyectos presentados por sus miembros o por el Poder Ejecutivo; excepto las relativas a los objetos de que tratan los Artículos 40 y 51.

Artículo 66.- Aprobado un proyecto de ley por la Cámara de su origen, pasa para su discusión a la otra Cámara. Aprobado por ambas, pasa al Poder Ejecutivo de la Confederación para su examen; y si también obtiene su aprobación lo promulga como ley.

Artículo 67.- Se reputa aprobado por el Poder Ejecutivo, todo proyecto no devuelto en el término de diez días útiles.

Artículo 68.- Ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras, podrá repetirse en las sesiones de aquel año. Pero si sólo fuere adicionado o corregido por la Cámara revisora, volverá a la de su origen; y si en éstas se aprobasen las adiciones o correcciones por mayoría absoluta, pasará al Poder Ejecutivo de la Confederación. Si las adiciones o correcciones fuesen desechadas, volverá segunda vez el proyecto a la Cámara revisora, y si aquí fueren nuevamente sancionadas por una mayoría de las dos terceras partes de sus miembros, pasará el proyecto a la otra Cámara, y no se entenderá que ésta reprueba dichas adiciones o correcciones, si no concurre para ello el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

Artículo 69.- Desechado en el todo o en parte un proyecto por el Poder Ejecutivo, vuelve con sus objeciones a la Cámara de su origen: ésta lo discute de nuevo, y si lo confirma por mayoría dedos tercios de votos, pasa otra vez a la Cámara de revisión. Si ambas Cámaras lo sancionan por igual mayoría, el proyecto es ley y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. Las votaciones de ambas Cámaras serán en este caso nominales, por sí, o por no; y tanto los nombres y fundamentos de los sufragantes, como las objeciones del Poder Ejecutivo, se publicarán inmediatamente por la prensa. Si las Cámaras difieren sobre las objeciones, el proyecto no podrá repetirse en las sesiones de aquel año.

Artículo 70.- En la sanción de las leyes se usará de esta fórmula: El Senado y Cámara de Diputados de la Confederación Argentina, reunidos en Congreso, se decretan o sancionan con fuerza de ley.

 

Sección segunda.

Del Poder Ejecutivo

Capítulo I.

De su naturaleza y duración

Artículo 71.- El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeñado por un ciudadano con el título de «Presidente de la Confederación Argentina».

Artículo 72.- En caso de enfermedad, ausencia de la Capital, muerte, renuncia o destitución del Presidente, el Poder Ejecutivo será ejercido por el Vicepresidente de la Confederación. En caso de destitución, muerte, dimisión o inhabilidad del Presidente y Vicepresidente de la Confederación, el Congreso determinará qué funcionario público ha de desempeñar la presidencia, hasta que haya cesado la causa de la inhabilidad o un nuevo Presidente sea electo.

Artículo 73.- Para ser elegido Presidente o Vicepresidente de la Confederación se requiere haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero; pertenecer a la comunión católica apostólica romana, y las demás calidades exigidas para ser electo senador.

Artículo 74.- El Presidente y Vicepresidente duran en sus empleos el término de seis años; y no pueden ser reelegidos sino con intervalo de un período.

Artículo 75.- El Presidente de la Confederación cesa en el poder el día mismo en que expira su período de seis años; sin que evento alguno que lo haya interrumpido, pueda ser motivo de que se le complete más tarde.

Artículo 76.- El Presidente y Vicepresidente disfrutan de un sueldo pagado por el Tesoro de la Confederación, que no podrá ser alterado en el período de sus nombramientos. Durante el mismo período no podrán ejercer otro empleo, ni recibir ningún otro emolumento de la Confederación ni de provincia alguna.

Artículo 77.- Al tomar posesión de su cargo el Presidente y Vicepresidente prestarán juramento en manos del Presidente del Senado (la primera vez del presidente del Congreso constituyente), estando reunido el Congreso, en los términos siguientes: «Yo N. N. juro por Dios Nuestro Señor y estos Santos Evangelios, desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Presidente (o Vicepresidente) de la Confederación, y observar y hacer observar fielmente la Constitución dela Confederación Argentina. Si así no lo hiciere, Dios y la Confederaciónme lo demanden».

 

Capítulo II.

De la forma y tiempo de la elección del Presidente y Vicepresidente de la Confederación

Artículo 78.- La elección del Presidente y Vicepresidente de la Confederación se hará, del modo siguiente: La Capital y cada una de las provincias nombrarán por votación directa una junta de electores, igual al duplo del total de diputados y senadores que envían al Congreso, con las mismas calidades y bajo las mismas formas prescriptas para la elección de diputados.

No pueden ser electores los diputados, los senadores ni los empleados a sueldo del Gobierno federal.

Reunidos los electores en la Capital de la Confederación y en la de sus provincias respectivas cuatro meses antes que concluya el término del Presidente cesante, procederán a elegir Presidente y Vicepresidente de la Confederación por cédulas firmadas, expresando en una la persona, por quien votan para Presidente, y en otra distinta, la que eligen para Vicepresidente.

Se harán dos listas de todos los individuos electos para Presidente y otras dos de los nombrados para Vicepresidente con el número de votos que cada uno de ellos hubiere obtenido. Estas listas serán firmadas por los electores, y se remitirán cerradas y selladas dos de ellas (una de cada clase), al presidente de la Legislatura provincial, y en la Capital al presidente de la Municipalidad, en cuyos registros permanecerán depositadas y cerradas, y las otras dos al presidente del Senado (la primera vez al presidente del Congreso Constituyente).

Artículo 79.- El presidente del Senado (la primera vez el del Congreso Constituyente), reunidas todas las listas, las abrirá a presencia de ambas Cámaras. Asociados a los secretarios cuatro miembros del Congreso sacados a la suerte, procederán inmediatamente a hacer el escrutinio y a anunciar el número de sufragios que resulte en favor de cada candidato para la Presidencia y Vicepresidencia de la Confederación. Los que reúnan en ambos casos la mayoría absoluta de todos los votos, serán proclamados inmediatamente Presidente y Vicepresidente.

Artículo 80.- En el caso de que, por dividirse la votación no hubiese mayoría absoluta, elegirá el Congreso entre las dos personas que hubieren obtenido mayor número de sufragios. Si la primera mayoría que resultare hubiese cabido a más de dos personas, elegirá el Congreso entre todas éstas. Si la primera mayoría hubiere cabido a una sola persona, y la segunda a dos o más, elegirá el Congreso entre todas las personas que hayan obtenido la primera y segunda mayoría.

Artículo 81.- Esta elección se hará a pluralidad absoluta de sufragios y por votación nominal. Si verificada la primera votación, no resultare mayoría absoluta, se hará segunda vez, contrayéndose la votación a las dos personas que en la primera hubiesen obtenido mayor número de sufragios. En caso de empate, se repetirá la votación, y si resultase nuevo empate, decidirá el presidente del Senado (la primera vez el del Congreso Constituyente). No podrá hacerse el escrutinio, ni la rectificación de estas elecciones, sin que estén presentes las tres cuartas partes del total de los miembros del Congreso.

Artículo 82.- La elección del Presidente y Vicepresidente de la Confederación debe quedar concluida en una sola sesión del Congreso, publicándose enseguida’ el resultado de ésta y las actas electorales por la prensa.

 

Capítulo III.

Atribuciones del Poder Ejecutivo

Artículo 83.- El Presidente de la Confederación tiene las siguientes atribuciones:

  1. Es el jefe supremo dela Confederación, y tiene a su cargo la administración general del país;
  2. Expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes dela Confederación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias;
  3. Es el jefe inmediato y local dela Capitalde la Confederación;
  4. Participa de la formación de las leyes con arreglo ala Constitución, las sanciona y promulga;
  5. Nombra los magistrados dela Corte Supremay de los demás tribunales federales inferiores, con acuerdo del Senado;
  6. Puede indultar o conmutar las penas Por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente excepto en los casos de acusación porla Cámarade Diputados;
  7. Concede jubilaciones, retiros, licencias y goces de montepíos, conforme a las leyes dela Confederación;
  8. Ejerce los derechos del patronato nacional en la presentación de obispos para las iglesias catedrales, a propuesta en terna del Senado;
  9. Concede el pase o retiene los decretos de los concilios, las bulas; breves y rescriptos del Sumo Pontífice de Roma, con acuerdo dela Supremacorte; requiriéndose una ley cuando contienen disposiciones generales y permanentes;
  10. Nombra y remueve a los ministros plenipotenciarios y encargados de negocios, con acuerdo del Senado; y por sí sólo nombra y remueve los ministros del despacho, los oficiales de sus secretarías, los agentes consulares, y los demás empleados de la administración cuyo nombramiento no está reglado de otra manera por esta Constitución;
  11. Hace anualmente la apertura de las sesiones del Congreso, reunidas al efecto ambas Cámaras en la sala del Senado, dando cuenta en esta ocasión al Congreso del estado dela Confederación, de las reformas prometidas porla Constitución, y recomendando a su consideración las medidas que juzgue necesarias y convenientes;
  12. Prorroga las sesiones ordinarias del Congreso, o lo convoca a sesiones extraordinarias, cuando un grave interés de orden o de progreso lo requiera;
  13. Hace recaudar las rentas dela Confederación, y decreta su inversión con arreglo a la ley o presupuestos de gastos nacionales;
  14. Concluye y firma tratados de paz, de comercio, de navegación, de alianza, de límites y de neutralidad, concordatos y otras negociaciones requeridas para el mantenimiento de buenas relaciones con las potencias extranjeras, recibe sus ministros y admite sus cónsules;
  15. Es comandante en jefe de todas las fuerzas de mar y tierra dela Confederación;
  16. Provee los empleos militares dela Confederación: con acuerdo del Senado, en la concesión de los empleos, o grados de oficiales superiores del ejército y armada; y por sí sólo en el campo de batalla;
  17. Dispone de las fuerzas militares, marítimas y terrestres, y corre con su organización y distribución según las necesidades dela Confederación;
  18. Declara la guerra y concede patentes de corso, y cartas de represalias con autorización y aprobación del Congreso;
  19. Declara en estado de sitio uno o varios puntos dela Confederación, en caso de ataque exterior, y por un término limitado, con acuerdo del Senado. En caso de conmoción interior sólo tiene esta facultad cuando el Congreso está en receso, porque es atribución que corresponde a este cuerpo. El Presidente la ejerce con las limitaciones prescriptas en el Artículo 23;
  20. Aun estando en sesiones el Congreso, en casos urgentes en que peligre la tranquilidad pública, el Presidente podrá por sí solo usar sobre las personas, de la facultad limitada en el Artículo 23; dando cuenta a este cuerpo en el término de diez días desde que comenzó a ejercerla. Pero si el Congreso no hace declaración de sitio, las personas arrestadas o trasladadas de uno a otro punto, serán restituidas al pleno goce de su libertad, a no ser que habiendo sido sujetas a juicio, debiesen continuar en arresto por disposición del juez o tribunal que conociere de la causa;
  21. Puede pedir a los jefes de todos los ramos y departamentos de la administración, y por su conducto a los demás empleados, los informes que crea convenientes, y ellos son obligados a darlos;
  22. No puede ausentarse del territorio dela Capital, sino con permiso del Congreso. En el receso de éste, sólo podrá hacerlo sin licencia por graves objetos de servicio público;
  23. En todos los casos en que según los Artículos anteriores, debe el Poder Ejecutivo proceder con acuerdo del Senado, podrá durante el receso de éste, proceder por sí sólo, dando cuenta de lo obrado a dicha Cámara en la próxima reunión para obtener su aprobación.

 

Capítulo IV.

De los Ministros del Poder Ejecutivo

Artículo 84.- Cinco ministros secretarios, a saber: Del Interior, de Relaciones Exteriores, de Hacienda, de Justicia, Culto e Instrucción Pública, y de Guerra y Marina, tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Confederación, y refrendarán y legalizarán los actos del Presidente por medio de su firma, sin cuyo requisito carecen de eficacia. Una ley deslindará los ramos del respectivo despacho de los ministros.

Artículo 85.- Cada ministro es responsable de los actos que legaliza; y solidariamente de los que acuerda con sus colegas.

Artículo 86.- Los ministros no pueden por sí solos, en ningún caso, tomar resoluciones, sin previo mandato o consentimiento del Presidente de la Confederación; a excepción de lo concerniente al régimen económico y administrativo de sus respectivos departamentos.

Artículo 87.- Luego que el Congreso abra sus sesiones, deberán los ministros del despacho presentarle una memoria detallada del estado dela Confederación en lo relativo a los negocios de sus respectivos departamentos.

Artículo 88.- No pueden ser senadores ni diputados sin hacer dimisión de sus empleos de ministros.

Artículo 89.- Pueden los ministros concurrir a las sesiones del Congreso y tomar parte en sus debates, pero no votar.

Artículo 90.- Gozarán por sus servicios de un sueldo establecido por la ley, que no podrá ser aumentado ni disminuido en favor o perjuicio de los que se hallen en ejercicio.

 

Sección tercera.

Del Poder Judicial

Capítulo I.

De su naturaleza y duración

Artículo 91.- El Poder Judicial de la Confederación, será ejercido por una Corte suprema de justicia, compuesta de nueve jueces y dos fiscales, que residirá en la Capital, y por los demás tribunales inferiores que el Congreso estableciere en el territorio de la Confederación.

 

Artículo 92.- En ningún caso el Presidente de la Confederaciónpuede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes, o restablecer las fenecidas.

Artículo 93.- Los jueces de la Corte suprema y de los tribunales inferiores de la Confederación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones.

Artículo 94.- Ninguno podrá ser miembro de la Corte suprema de justicia, sin ser abogado de la Confederación con ocho años de ejercicio, y tener las calidades requeridas para ser senador.

Artículo 95.- En la primera instalación de la Corte suprema los individuos nombrados prestarán juramento en manos del Presidente dela Confederación, de desempeñar sus obligaciones administrando justicia bien y legalmente, y en conformidad a lo que prescribe la Constitución. En lo sucesivo, lo presentarán ante el presidente de la misma Corte.

Artículo 96.- La Corte suprema dictará su reglamento interior y económico, y nombrará todos sus empleados subalternos.

 

Capítulo II.

Atribuciones del Poder Judicial

Artículo 97.- Corresponde a la Corte suprema y a los tribunales inferiores de la Confederación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, por las leyes de la Confederación, y por los tratados con las naciones extranjeras; de los conflictos entre los diferentes poderes públicos de una misma provincia; de las causas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros; de las causas de almirantazgo y jurisdicción marítima; de los recursos de fuerza; de los asuntos en que la Confederación sea parte; de las causas que se susciten entre dos o más provincias; entre una provincia y los vecinos de otra; entre los vecinos de diferentes provincias; entre una provincia y sus propios vecinos; y entre una provincia y un Estado o ciudadano extranjero.

Artículo 98.- En estos casos la Corte suprema ejercerá su jurisdicción por apelación, según las reglas y excepciones que prescriba el Congreso; pero en todos los asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, en los que alguna provincia fuese parte, y en la decisión de los conflictos entre los poderes públicos de una misma provincia, la ejercerá originaria y exclusivamente.

Artículo 99.- Todos los juicios criminales ordinarios, que no se deriven del derecho de acusación concedido a la Cámara de Diputados, se terminarán por jurados, luego que se establezca en la Confederación esta institución. La actuación de estos juicios se hará en la misma provincia donde se hubiere cometido el delito; pero cuando éste se cometa fuera de los límites de la Confederación, contra el derecho de gentes, el Congreso determinará por una ley especial el lugar en que haya de seguirse el juicio.

Artículo 100.- La traición contra la Confederación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a. sus enemigos prestándoles ayuda y socorro. El Congreso fijará por una ley especial la pena de este delito; pero ella no pasará de la persona del delincuente ni la infamia del reo se transmitirá a sus parientes de cualquier grado.

 

Título segundo.

Gobiernos de Provincia

Artículo 101.- Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal.

Artículo 102.- Se dan sus propias instituciones locales y se rigen por ellas. Eligen sus gobernadores, sus legisladores y demás funcionarios de provincia, sin intervención del Gobierno federal.

Artículo 103.- Cada provincia dicta su propia Constitución, y antes de ponerla en ejercicio, la remite al Congreso para su examen, conforme a lo dispuesto en el Artículo 5.

Artículo 104.- Las provincias pueden celebrar tratados parciales para fines de administración de justicia de intereses económicos y trabajos de utilidad común, con conocimiento del Congreso federal; y promover su industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles, y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad provincial, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de sus ríos, por leyes protectoras de estos fines, y con sus recursos propios.

Artículo 105.- Las provincias no ejercen el poder delegado a la Confederación. No pueden celebrar tratados parciales de carácter político; ni expedir leyes sobre comercio, o navegación interior o exterior; ni establecer aduanas provinciales; ni acuñar moneda; ni establecer bancos con facultad de emitir billetes, sin autorización del Congreso federal; ni dictar los códigos civil, comercial, penal y de minería después que el Congreso los haya sancionado; ni dictar especialmente leyes sobre ciudadanía y naturalización, bancarrotas, falsificación de moneda o documentos del Estado; ni establecer derechos de tonelaje; ni armar buques de guerra o levantar ejércitos, salvo el caso de invasión exterior o de un peligro tan inminente que no admita dilación, dando luego cuenta al Gobierno federal; ni nombrar o recibir agentes extranjeros; ni admitir nuevas órdenes religiosas.

Artículo 106.- Ninguna provincia puede declarar ni hacer la guerra a otra provincia. Sus quejas deben ser sometidas a la Corte suprema de justicia y dirimidas por ella. Sus hostilidades de hecho son actos de guerra civil, calificados de sedición o asonada, que el Gobierno federal debe sofocar y reprimir conforme a la ley.

Artículo 107.- Los gobernadores de provincias son agentes naturales del Gobierno federal para hacer cumplir la Constitución y las leyes de la Confederación.

Dada en la sala de sesiones del Congreso General Constituyente enla Ciudad de Santa Fe, el día 1º de mayo del año del Señor 1853.

Facundo ZUVIRÍA, presidente y diputado por Salta.

Pedro ZENTENO, diputado por Catamarca.

Pedro FERRÉ, diputado por Catamarca.

Juan DEL CAMPILLO, diputado por Córdoba.

Santiago DERQUI, diputado por Córdoba.

Pedro DÍAZ COLODRERO, diputado por Corrientes.

Luciano TORRENT, diputado por Corrientes.

Juan María GUTIÉRREZ, diputado por Entre Ríos.

Manuel PADILLA, diputado por Jujuí.

José QUINTANA, diputado por Jujuí.

Martín ZAPATA, diputado por Mendoza.

Agustín DELGADO, diputado por Mendoza.

Regis MARTÍNEZ, diputado por la Rioja.

Salvador María DEL CARRIL, diputado por San Juan.

Ruperto GODOY, diputado por San Juan.

Delfín B. HUERGO, diputado por San Luis.

Juan LLERENA, diputado por San Luis.

Juan Francisco SEGUÍ, diputado por Santa Fe.

Manuel LEIVA, diputado por Santa Fe.

Benjamín J. LAVAISSE, diputado por Santiago del Estero.

José B. GORONTIAGA, diputado por Santiago del Estero.

Frai José Manue l PÉREZ, diputado por Tucumán.

Salustiano ZAVALÍA, diputado por Tucumán.

José María ZUVIRÍA, secretario.

 

Biblioteca del Congreso de la Nación, Constitución de la Argentina. 1 de mayo de 1853

 

Ing. MAURICIO MACRI PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

2016/01/10

 MAURICIO MACRI PRESIDENTE

URL para enviar > http://wp.me/p2hqUO-Ut 

Mauricio Macri Presidente de La Nacion 

Mauricio Macri nació en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires, el 8 de febrero de 1959. Es padre de cuatro hijos, tres mujeres y un varón, y está casado con la señora Juliana Awada.

Estudios

Egresó como Ingeniero Civil en la Universidad Católica Argentina y completó su formación con distintos estudios de Economía y Finanzas en nuestro país y en el exterior.

Actividad Laboral

Se inició en el campo privado, en diversas empresas relacionadas a la construcción y a la industria automotriz.

Actividad Pública

Comenzó en 1995 al ser electo Presidente del Club Atlético Boca Juniors, uno de los dos clubes de fútbol más importantes y populares de la República Argentina. En 1999 y 2003 volvió a ser elegido para ejercer la presidencia del club, cargo que dejó en 2007.

En el año 2001, frente a la grave crisis político- institucional que transitaba el país, Mauricio Macri decide crear junto a un grupo de ciudadanos la Fundación Creer y Crecer, con la misión de trabajar en el desarrollo, diseño y ejecución de políticas públicas en la búsqueda de soluciones para los problemas de la Ciudad de Buenos Aires y de la República Argentina. Tiempo más tarde, junto a otras personas con la misma vocación de cambiar la realidad, Mauricio Macri funda un partido político. Dado el espíritu que los impulsa, deciden denominarlo “Compromiso para el Cambio”. En julio de 2005, como presidente del partido, realiza un frente estratégico con el partido Recrear Argentina para las elecciones de ese año. El frente, que tiene como nombre Propuesta Republicana (PRO) se presenta en los distritos de Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.

Entre 2005 y 2007 Mauricio Macri se desempeña como Diputado Nacional por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En el año 2007 es elegido como Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cargo que ratifica en las elecciones de 2011 por un segundo período.

En 2015, Mauricio Macri se presenta como candidato a presidente por el Frente Cambiemos. El 22 de noviembre es electo Presidente de la República Argentina con el 51,34% de los votos.

PRESIDENCIA DE LA NACION 2016

ARGENTINA NUMERO UNO

2016/01/04

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Argentina: Ejemplo Mundial

by Jacinto Chiclana

don pirulero

La Argentina ostenta el primer puesto mundial en el juego del Don Pirulero.

“…el cirujano, suelto de cuerpo, con pulso firme y confiado en su maestría, tomó con firmeza el afiladísimo bisturí y con aquilatada seguridad trazó el profundo corte, siguiendo la larga línea dibujada con marcador sobre el abdomen del macilento paciente, que por cierto tenía más aspecto de cadáver, que de estar vivo…”

“La carne se abrió como si una fuerza interior la impulsara; como si hubiese estado esperando la liberación del corte aliviador…”

“…todos, el cirujano y su ayudante, anestesista, enfermeras, instrumentadoras y auxiliares, se echaron hacia atrás con violencia, adivinándose en sus caras ocultas por las verdes mascarillas, los gestos de repugnancia y asombro…”

“…el olor que de pronto inundó el quirófano era espantoso y millones de gordos y serpenteantes gusanos pululaban por doquier, desbordando la herida abierta, molestos por la repentina intrusión y la explosión de luz a la que no estaban acostumbrados, en su silenciosa e imparable tarea de comerse al paciente por dentro…”

Este párrafo, que bien podría tratarse de un fragmento de un truculento relato, tomado de una escatológica sala de cirugía, lejos está de pertenecer al campo de la medicina.

Es lo que pasa en esta doliente Argentina, infectada hasta el tuétano por los gusanos, hijos putativos de la podredumbre generalizada que nos conquista.

Así estamos. Donde se hunde el bisturí encontraremos el tejido descompuesto y maloliente, producto de años de aquelarre ilimitado en el que el concubinato impuro de la política y la corrupción ha calado hasta los huesos en la estructura social.

Y todo hace presumir que, sea donde sea que las nuevas autoridades hundan el bisturí, seguramente encontrarán más focos de gangrena enquistados en lo profundo de la estructura de las instituciones.

Todos sabemos ya que esa septicemia, prohijada sistemáticamente durante estos largos doce años de avasallamiento, opera como un lastre pesado que nos dificulta el despegue que merecemos como Nación.

Ya en conocimiento de ello, deviene irremediablemente la gran pregunta: ¿Seguiremos contemplando con estoicismo e indiferencia las explosiones de gusanos?

¿Continuaremos participando de este campeonato de Don Pirulero?

¿Habrá algún señor fiscal de la Nación o quizás algún honorable señor Juez que tome cartas en estos asuntos y se aboque a investigar a estos personajes ligados a las mafias?

¿Alguno de los señores magistrados dejará de atender sólo su juego y verificará qué hay de cierto en las denunciadas ramificaciones que enlazan a los fugados misteriosamente del penal de máxima seguridad con personajes políticos, que lejos de amedrentarse y llamarse a silencio redoblan sus apuestas con frases de compadrito a la violeta?

¡Qué bueno sería para la salud de la República que varios jueces y fiscales actuaran de oficio y desbrozaran estas marañas que son “VOX POPULI” pero que nunca arriban a una resolución final!

¡Qué bueno sería saber si realmente “La Morsa” es quien dicen que es…!

No faltará aquel despistado que crea que los esfuerzos del nuevo gobierno deben estar centrados exclusivamente en los detalles de gestión, para solucionar la pobreza, la inseguridad, la inflación, las deficiencias de la educación, las finanzas públicas y otras desgracias heredadas.

Claro que todo eso es prioritario e importante, pero también lo es ventilar los miasmas putrefactos que nos envuelven cada vez que alguien hunde el bisturí.

De no ser así, seguiremos sospechando de todo y de todos y cualquier cosa que nos digan despertará nuestras dudas.

Es imprescindible que cunda el escarmiento.

Es elemental que se raspe hasta el hueso la carne podrida.

Es necesario que dejemos de jugar al Don Pirulero y que los que tienen que hacer, hagan.

¡Queremos volver a creer…!!

Usted se preguntará lo mismo que yo me pregunto: ¿quedan funcionarios con los atributos necesarios para transformar esa famosa frase hecha, que repetimos hasta el cansancio: “llegar hasta las últimas consecuencias…” en algo más que simples y huecas palabras?

Porque si llegar hasta las últimas consecuencias es parecido a lo que sabemos del caso Nisman, a poco tiempo de cumplirse un año de su muerte… ¡no sirve…!

Ninguno de nosotros ignora que menuda tarea tienen por delante quienes hoy nos gobiernan, para combatir las infecciones con las que dejaron el cuerpo de la Nación, pero de nada serviría si la impunidad generalizada, mas allá de algún chivo expiatorio condenado con reticencia y liviandad, permite que nunca sepamos quiénes aprovecharon sus cargos para enriquecerse ilícitamente o se asociaron con delincuentes comunes para inundar de drogas el país.

Por eso creo que el pueblo, sobre todo el pueblo sano que no se dejó comprar con prebendas tendenciosas, necesita que se llegue hasta el caracú en todo esto.

Veríamos con sumo beneplácito que se formen comisiones especiales de notables, para que se investigue a cada uno de los personajes que llenaron por años las tapas de los diarios y que hoy, llenos de soberbia y borrachos de impunidad, salen a vociferar con sus frases pícaras y risueñas de filósofos de arrabal y léxico de albañal, convencidos de que nunca deberán rendir cuentas ante la justicia de los hombres, despreocupados de la justicia divina por sentirla lejos e inasible y por ser ateos funcionales con tendencia a la herejía, porque ningún inmoral puede creer sinceramente en Dios.

Basta de Don Pirulero.

Basta de cuidar cada uno su “augero”.

Basta de pretender ciudadanos ejemplares, insertados contra natura en un cuerpo social deforme de tanta inmoralidad y malos ejemplos.

Basta de creer que es más ladrón el motochorro o el punga del subte o el boquetero o el pirata del asfalto y otras especialidades del hampa, que el chorro de traje y corbata con verborrea de conventillo del bajo Flores y pinta de taita orillero.

Basta de creer que lo de Boudou fue un desliz insignificante. Sólo a una rata de alcantarilla se le ocurre falsificar los papeles de un auto para despojar a una ex esposa.

Dejemos de aceptar resignadamente que es natural que la política sea un reducto en el que recalan los alérgicos al laburo, personajes de dudoso prontuario y amistades impresentables que esconden muertos en sus roperos.

Metamos tres o cuatro en cana y veremos cómo cierran la cloaca con o sin telón piloso los canyengues deslenguados.

Que aparezca el matasanos que, con valentía y dedicación, rasque y raspe la matadura agusanada, hasta liberarla de la podredumbre gangrenosa que se extiende como una enredadera venenosa por los cimientos de la política, para volver a hacerla creíble y recuperar la vocación de servicio, que viene siendo reemplazada desde hace muchos años por la ambición y la codicia.

Resucitemos el dogma.

Rescatemos el valor del ejemplo que llega de arriba.

Desenmascaremos a los arribistas, aislando y repudiando a los equilibristas exitosos, que caminan sin red por la cuerda floja de la moral.

Quizás entonces podremos decir con orgullo:

“¡S o y    Argentino!”

Y Será Justicia.

Jacinto Chiclana

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7 comments for “Argentina: Número uno”

  1. Jorge de San Miguel
    04/01/2016 at 8:11 AM

    “Una septicemia prohijada sistemáticamente durante doce largos años de avasallamiento”.
    Si queremos realmente curarnos de tan grave enfermedad, yo diría que tenemos que reconocer que no fueron solamente doce años.

    • Carlos
      04/01/2016 at 3:53 PM

      No solo NO fueron solo doce años, sino que FUERON con el caluroso apoyo de la sociedad. Creo recordar que los kirchner (con minúscula) gobernaron doce años porque los eligieron. Y los Menem estuvieron diez años en el poder gracias al voto de NADIE, porque, aparentemente, nadie lo votó… Lo cual refuerza la idea de que esta es, además de otros calificativos, una sociedad de hipócritas.

  2. joe
    04/01/2016 at 1:22 PM

    LA ARGENTINA ESTÁ PODRIDA.
    LA JUSTICIA TIENE EL BISTURÍ.
    ¿LO USARAN?
    ¿O PREFIEREN QUE EL PUEBLO LO HAGA CON SERRUCHOS?

  3. Carlos
    04/01/2016 at 3:47 PM

    Sospecho, con ciertos fundamentos, que me voy a ir de este mundo sin poder decir “con orgullo” que soy argentino. Muy interesante lo ilustrado por la nota, pero yo me pregunto: ¿alguien toma conciencia de que esto es así porque la sociedad lo permitió? Y no solo lo permitió durante 12 años, como dice la nota. Lo viene permitiendo desde hace varias, VARIAS, décadas. Si la sociedad argentina ha elegido y reelegido ser gobernada por delincuentes, no puede esperar otra cosa que esto que tenemos ahora. Mientras tanto, algunos nos dedicamos a observar atónitos y desencajados cómo el país va cayendo cada vez más profundamente en el pozo de excrementos, sin poder hacer demasiado. Entretanto, buena parte de la sociedad se entretiene con la peleas mediáticas de Vicuña y Pampita, de Tinelli y la Afa (otra historia de ladrones), con la autosatisfacción de Moria, ya sin las esposas, con la fiesta de fin de año de los drogones referentes del kirchnerismo (léase Moria, Pito Faez y Charlie….) En fin… Argentina, un país lamentable, con una sociedad más lamentable aún.

    • pedro spinelli
      04/01/2016 at 5:25 PM

      Y si Carlos , es como usted dice , lamentable , mientras tanto los ases del choreo , Kretina , la abogada exitosa y arquitecta egipcia , Aníbal ” La Morsa ” y tantos otros cómplices continúan infectando el ambiente nacional .

  4. Tigre
    04/01/2016 at 6:18 PM

    LA GANGRENA REQUIERE UNA EXTIRPACION TOTAL DEL MIEMBRO U ORGANO AFECTADO. EN LA ARGENTINA LAMENTABLEMENTE ESTA ENFERMO TODO EL CUERPO.
    LA JUSTICIA HACE DECADAS QUE ESTA EN MUY MALAS MANOS; A SUS INTEGRANTES SOLO LES IMPORTA COBRAR LOS SUCULENTOS SUELDOS Y ASEGURARSE LA JUBILACION DE PRIVILEGIO.
    ASI TENEMOS EJEMPLOS COMO EL HOYOHERVIDO, EL ZAFFARANCHO, LA DESPISTADA FISCAL DEL CASO NISMAN QUE PARECE SER QUE NUNCA SUPO EN SU LARGA VIDA DE QUE SE TRATA ESA FUNCION.
    “LLEGAR HASTA LAS ULTIMAS CONSECUENCIAS” SIGNIFICA SUBIR TODA UNA ESCALERA Y LLEGAR A DESTINO; AQUI SE SUBE EL PRIMER ESCALON Y NADA MAS. SE LLENAN DE PAPELES, PAPELITOS Y PAPELONES LOS JUZGADOS HASTA “QUE EL TIEMPO LOS MATE A LOS DOS” (COMO DICE EL TANGO) O A TODOS O LA CAUSA SE PASA DE JUEZ EN JUEZ HASTA QUE PRESCRIBA CON EL CORRER DE LOS AÑOS.
    HEMOS TIRADO LA PALABRA HONESTIDAD EN EL ARCON DE LOS RECUERDOS.
    LA REPUBLICA ARGENTINA FUE UN PAIS HACE MUCHOS AÑOS.
    NOSOTROS LO HEMOS CONVERTIDO EN “CAMBALACHE” COMO LO ESCRIBIO ENRIQUE SANTOS DISCEPOLO EN 1935.Y QUE DEBERIAMOS ADOPTAR COMO EL NUEVO HIMNO DE ESTA REPUBLIQUETA.

  5. No pedirle peras al olmo
    04/01/2016 at 8:21 PM

    La sociedad elige entre las opciones del menú.
    No le da para pensar quiénes ni porqué lo armaron.
    No le alcanza el nivel de instrucción para entender el teatro de la política, ni quién la maneja, ni cómo funciona.
    No le da para pensar que, gane quien gane los resultados son digitados por “el gran titiritero”.

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EN LAS CRISIS, MAS QUE NUNCA, SEGIR a JB ALBERDI… sin dudarlo

2015/12/24
ALBERTO GARCÍA LEMA

“Si no se hubiesen nombrados a los 2 jueces, la Corte estaría en una difícil situación”

Enlace Corto >  http://wp.me/p2hqUO-Tl   (Ver tambien http://wp.me/p2hqUO-Th )
Mucha pirotecnia con la designación por decreto y en comisión de 2 integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El diputado nacional Ricardo Alfonsín (un opositor al acuerdo de la UCR con el PRO), señaló que el método deja “mucho que desear en términos de legitimidad republicana y política”. El constitucionalista radical Ricardo Gil Lavedra (quien ambicionaba llegar alguna vez a la Corte) dijo que “es un error y una lástima porque todos apostamos a la normalidad institucional. Sienta un precedente muy siniestro porque cualquier presidente podría nombrar jueces durante el receso de verano”. El diputado nacional Fernando Sánchez, vinculado a Elisa Carrió, afirmó: “Formamos parte de la lógica del oficialismo, pero también tengo que ser crítico”. Sin embargo, el constitucionalista Alberto García Lema, personaje fundamental en la redacción de la Constitución Nacional vigente, le dijo a Urgente24 Radio (Concepto FM) que en el decreto presidencial no hay nada reñido con el Derecho Constitucional.

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Hasta hace unos días, ésta era la Corte Suprema que quedaba. Ahora ya no estaría Carlos Fayt.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- “No es un DNU, es un simple decreto porque utiliza una facultad que le otorga al presidente inciso 19 del Artículo 99, que establece sus funciones y atribuciones. En este caso se aplica para los jueces de la Corte Suprema. Le permite la designación por el plazo de un ejercicio legislativo, que concluiría con las sesiones ordinarias del próximo año”,explicó el constitucionalista, Alberto García Lema, a Urgente24 Radio, en relación a la polémica decisión del presidente, Mauricio Macri, de designar a dos jueces para completar la Corte Suprema de Justicia por un determinado período hasta que el Senado Nacional se pronuncie.
Además, el constitucionalista analizó por qué el presidente no estuvo equivocado en su decisión: “La Corte se encontraría ante una situación incómoda, cuando no coincide la voluntad unánime, habría que estar convocando permanentemente para diferentes causas a conjueces y esto generaría una gran complicación de procedimientos y para la propia jurisprudencia de la Corte. Estarían permanentemente cambiando de línea en los fallos de acuerdo a los conjueces”. 
 
El diálogo con Alberto García Lema:
 
Edgar Mainhard: -Queríamos consultarle acerca del DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) para la designación de los dos jueces para completar la Corte Suprema. 
Alberto García Lema: -No, no es un DNU. Aclaremos eso. Es un simple decreto porque utiliza una facultad que le otorga al presidente inciso 19 del Artículo 99, que establece sus funciones y atribuciones. En este caso se aplica para los jueces de la Corte Suprema. Le permite la designación por el plazo de un ejercicio legislativo, que concluiría con las sesiones ordinarias del próximo año. Dentro de ese plazo, el Senado debería pronunciarse sobre esta designación de jueces que tiene carácter transitorio. Si el Senado le da el acuerdo con anticipación, quedan ya designados permanentemente, si el Senado no tiene las mayorías necesarias, entonces estos jueces salen. 
EM: -Algunos de sus colegas han expresado que era inconstitucional y otros hablan de los problemas de las formas. 
AGL: -Es un proceso que está previsto en la Constitución que puede utilizarse y que, en todo caso, está cubriendo una situación transitoria, como también podrían hacerlo con conjueces de la Corte. Uno de los designados, Horacio Rosatti, ha sido conjuez de la Corte Suprema y fue designado por el presidente Eduardo Duhalde, ejerció como ministro de la Corte en forma de subrogante en determinadas situaciones y todavía tiene expedientes en actividad. Yo también he sido conjuez de la Corte, y en la misma lista que Rosatti. Entonces, él ya es conjuez que está ejerciendo el cargo de ministro de la Corte. 
EM: -La Corte manifestó que era una necesidad completar las vacantes. 
AGL: -La Corte sí se encontraría ante una situación incómoda de no contar con los 2 nuevos integrantes porque sólo le quedaba o votaban los 3 integrantes en forma siempre unánime o convocaban en forma permanente para diferentes causas a conjueces y esto generaría una gran complicación de procedimientos y para la propia jurisprudencia de la Corte. Estarían permanentemente cambiando de línea o doctrina en los fallos de acuerdo a los conjueces. Me parece que es una buena solución la de Macri hasta que el Senado se reúna y se cumplan los procedimientos. No veo inconveniente constitucional para utilizar este procedimiento. Distinto sería el caso, si se tratara de jueces no de la Corte Suprema sino de las instancias inferiores y esto se hiciera sin tener dadas las ternas del Consejo de la Magistratura porque el presidente estaría obviando las funciones de ese organismo. 

ARGENTINA ¿CONTINUA ASESINANDO A SUS FUERZAS ARMADAS?

2015/12/22

http://www.informadorpublico.com/author/cosme-beccar-varela

La botella al mar

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Ver blog anterior http://wp.me/p2hqUO-SF 

Los gendarmes fueron asesinados? ¿Por qué el Gobierno no investiga y confirma o desmiente esta noticia?

by Cosme Beccar Varela

 

Nota previa a exijencia del Dr. Cosme Beccar Varela;  del Editor de www.argentinasalvajiza2.wordpress.com:  Esta y otras denuncias igualmente gravísimas siguen siendo ignoradas como si nada hubiese cambiado a partir del 10 de Diciembre de 2015.  ¿Ha sido todo este esfuerzo para que La REPUBLICA Argentina vuelva a la «normalidad»?  –  ¿Que es la normalidad sino el cumplimiento irrestricto de la Constitución Nacional 1953-60? .  ¿Porque Macri esta DUDANDO en RESPETAR a pie juntillas los mandatos de Juan Bautista Alberdi que proféticamente incluyó en el ARTICULO 29  de nuestra Constitución, justamente para emergencias graves como esta? . ¿Porque este actual gobierno YA se dejó torcer el brazo en el nombramiento de dos Jueces para La Suprema Corte de Justicia que tenia planeado y ANUNCIADO PÚBLICAMENTE? . (ver> http://wp.me/p2hqUO-SF) !No se discute aquí a esos Jueces, Lo importante es ¿SI VOLVEREMOS o NO a LA CONSTITUCIÓN o seguiremos con la política pequeña, mezquina de la corrupción y del “lobbing”? .  Mi diagnostico a los males de Argentina es: ESQUIZOFRENIA-ANARQUIA; a la Que La Republica Argentina fue empujada el día 10 de Septiembre de 1930.   …   Empujada nada menos que por la totalidad (100%) de LOS JUECES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA de La NACIÓN ARGENTINA»… «liderados« por el peor Presidente (en ejercicio) de Los Estados Unidos de Norte América. Desde entonces no hemos hecho nada mas que culpar a los militares por cumplir LA ABERRANTE ORDEN (hoy indefendible) de la «DOCTRINA DE LOS PRESIDENTES DE FACTO»  

A  JUAN BAUTISTA ALBERDI Y A LAS FUERZAS ARMADAS DEBEMOS LAS LIBERTADES QUE AUN NOS QUEDAN

Argentina Esta En Esquizofrenia-Anarquía desde 1930. Quien tenga un diagnostico Diferencial mejor que me lo envié (gsaintmartin@hotmail.com ) Dr. Gastón Saint Martin MD.

Sr. Presidente Mauricio Macri: Usted es La Cabeza del Poder Ejecutivo, solo a Usted corresponde la toma de decisiones; pero no podrá tomar decisiones sabias si permite que le censuren la información disponible. Respetuosamente exijo al nuevo gobierno de mi Patria, en especial al Presidente de la Nación, reciba la información que sin éxito he tratado que le llegue.    Me permito sugerirle que: “ordene al Cónsul Argentino en Chicago, (Sr. Marcelo Suarez Salvia; y al Vice Cónsul en Chicago (Sr. Juan Ignacio Cambio) le hagan llegar en forma segura y urgente A USTED PERSONALMENTE esta importante documentación.      (Dr. Gaston Saint Martin MD, DNI 4.201.710)

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COSME BECCAR VARELA

He recibido con horror del Sr. Juan Carlos Alsina, habitualmente bien informado, la noticia que a continuación transcribo:

«Peritos de Gendarmería confirman que las pericias dieron como resultado, que el ómnibus desbarrancado en Salta fue un atentado. Le dispararon a la cubierta delantera.

«Suboficiales de Gendarmería han pedido a sus Superiores reprimir con dureza a la organización Tupac (N: dirigida por Milagro Sala) sabiéndose fehacientemente que por medio de trabajos realizados por Icia., alertaban de estos hechos, sin haberse tomado los recaudos pertinentes.»

Si se confirmara que 43 integrantes de la Gendarmería Nacional fueron asesinados mediante un disparo contra uno de los neumáticos del ómnibus en que viajaban, para desbarrancarlo, el hecho sería gravísimo, mucho más grave que los problemas económicos y otros en que ha dejado sumido el país la tiranía kirchnerista.

Sería aún más grave que el gobierno del Sr. Macri ocultara la existencia de una investigación de la Gendarmería de la que resulta que una de las cubiertas delanteras del ómnibus que cayó aplastando a los 43 gendarmes, fue alcanzada por un disparo de arma de fuego.

Exijo al gobierno y en especial a los Jefes de la Gendarmería, por mí y por todos los argentinos de bien, que confirmen o desmientan esta noticia gravísima. Y si se confirma que, manifiesten qué medidas se están tomando para identificar a los responsables y detener lo que puede ser el comienzo de una nueva escalada terrorista. Si la noticia es falsa, que lo digan clara y públicamente.

Esto pone nuevamente en el candelero la inicua continuación por parte de Macri de la criminal política de «derechos humanos» de la tiranía y la impostergable obligación de liberar inmediatamente a los secuestrados políticos anulando todas las decisiones judiciales y legislativas que contra todo Derecho violaron la supresión de la Justicia militar, el principio de la cosa juzgada, la revocación de las amnistías e indultos negadas a los militares y confirmadas en favor de los terroristas, la aplicación retroactiva de leyes penales, etc., etc., etc.

Macri juró defender la Constitución. Que demuestre ahora que realmente la defiende y que no es una simple continuación pactada de la oprobiosa tiranía kirchnerista, con algunas modificaciones «cosméticas» que no hacen al fondo de la cuestión. Dios quiera que lo demuestre.

 

LA BOTELLA AL MARCosme Beccar Varela

La botella al mar

correo@labotellaalmar.com

Cosme Beccar Varela | diciembre 20, 2015 en 4:10 am | Categorías: Seguridad | URL:http://wp.me/p65meh-20p

 

 

 

¿BRONCE O HIERRO?

2015/12/07

 

«¿Plata sin honra u honra sin plata?   Un opcional de sociedades predemocráticas». Oscar Muiño

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AVOGADRO ENRIQUE GUILLERMOEstamos asistiendo, impávidos por cierto, al mayor atentado contra el futuro de la Argentina que recuerde su trágica historia. La hembra escorpión (¿habrá sido, en 2010, una mantis religiosa, como muchos creen?) que nos gobierna desde hace ocho años, ha apelado reiteradamente al juicio de la historia que, a su entender, revalorizará su ruinosa gestión; pretendía así alcanzar el bronce de los héroes. Sin embargo, y visto lo desastroso de su tan corrupto como incapaz gobierno, resulta harto más probable que su destino sea el hierro carcelario, aún cuando haya acumulado oro como para que varias generaciones de sus descendientes sean inmensamente ricos.

 

Cristina continuará hasta el último día envenenando con saña el futuro de los argentinos. Se está comportando como Adolf Hitler cuando dispuso quemar París; fue obviamente desobedecido por el Gral. von Choltitz, gobernador militar. Falta sólo saber si aquí los dirigentes del PJ aún están dispuestos a enterrarse con la «mariscala» de la derrota; parece que no, visto lo ocurrido en el Senado, donde la tropa habitualmente genuflexa se negó a votar 95 de los 96 proyectos aprobados por Diputados la semana anterior.

 

A los innumerables nombramientos -incluyendo nada menos que a dieciséis embajadores- que realizó en los escasos meses que han transcurrido desde las PASO, le ha sumado leña a la hoguera en que ha consumido las finanzas públicas. Todos suponíamos que iba a rascar el fondo de la lata hasta el grado de lastimarse las axilas y, hablando de las reservas internacionales, tuvimos razón, puesto que han sido saqueadas o regaladas al sector más pudiente de la sociedad con el único propósito de mantener artificialmente bajo el precio del dólar; pero nadie pensaba que su maldad llegaría a endeudar al país a tan corto plazo y a tasas de interés comparables a las venezolanas. No podía ser menos si pensamos que, desde el 1° de enero de 2013, Cristina y su «mejor asesor», Axel Kiciloff, han devaluado el peso en un 97% y, aún así, mantienen una brecha entre la cotización del dólar «oficial» y el blue superior al 55%; resulta hasta gracioso que, con ese mínimo ejercicio de la memoria, Lancha Scioli aún pretenda enrostrar a Mauricio Macri una intención devaluadora.

 

Entre lunes y martes, dos decretos de necesidad y urgencia (DNU) que aumentaron el déficit público, en gran medida producto de la corrupción y principal responsable de la inflación, hasta la estratósfera -9% del PBI-, porque a esas nuevas normas hay que agregarle todo el endeudamiento anterior del Estado con particulares y organismos de toda laya, que alcanzó, según las estimaciones, a los $ 350 mil millones. De pagar esa carísima fiesta deberá hacerse cargo el gobierno que asumirá el jueves 10.

 

Además, y con una perversión inexplicable en una mente sana, voluntariamente se apuró a extender los efectos de un inoportuno fallo de la Corte Suprema, que beneficiaba a tres provincias con la restitución de los fondos de coparticipación federal retenidos, a todo el resto; eso implica, lisa y llanamente, hacer volar por el aire a la AFIP y a la ANSES, imponiendo a su sucesor la necesidad de convertirse en un mago para hacer frente a esa demencial decisión, tal como curiosamente reconoció el propio Anímal Fernández. Lo notable fue que ella misma se resistió a hacerlo durante cinco años y utilizó la falta de esos fondos -sin que el Tribunal supremo hiciera nada por evitarlo- para sojuzgar la voluntad de gobernadores y legisladores del interior y atarlos al yugo del poder unitario kirchnerista.

 

Ese tan demorado fallo salió simultáneamente con otro, también pendiente desde hace mucho, que declaró inconstitucional la modificación de la estructura del Consejo de la Magistratura; en el tiempo que transcurrió desde que la demanda fue interpuesta, la noble viuda utilizó el adefesio montado para intentar colonizar, también a la Justicia. A la luz de lo sucedido, tal vez haya llegado el momento de imponer a la Corte un plazo máximo para la resolución de los conflictos sometidos a su decisión, precisamente para impedir que una siesta de los ministros que la integran produzca tanto daño institucional.

 

El conflicto generado por la resistencia de Alejandra ¡Giles! Carbó a abandonar su cargo de Procuradora General de la Nación, después de ejercerlo como fervorosa militante del Frente para la des-Vergüenza, demuestra que los legisladores que votaron su designación casi por unanimidad -incluidos varios del PRO-, fueron ingenuos consumidores de caramelos envenenados. De todas maneras, y dado que ya se encuentran en avanzado estado las investigaciones judiciales contra ella,Guita-rrita Boudou, Alejandro Vanoli (BCRA) y Martín Sannatella (AFSCA), que demuestran la comisión de innumerables delitos, me pregunto por qué los jueces federales no los hacen detener de inmediato.

 

La frutilla de ese indigesto postre fue la deserción de la Secretaría de Comercio del programa Precios Cuidados que así, por la gigantesca inflación generada por la monumental emisión de pesos, dio pie a la inmediata reacción de los industriales, tan corruptos como el Gobierno que los apañó, que remarcaron todos sus productos hasta en un 30% en las dos últimas semanas. Pretender imputar la responsabilidad de esos aumentos a la nueva administración es un ejercicio más de la irreductible hipocresía del Gobierno.

 

Hoy, en un Venezuela, se juega el destino del populismo latinoamericano (ya derrotado en Argentina y en grave riesgo en Brasil) en unas cruciales elecciones. Las encuestas arrojan un margen, en favor de la oposición, que supera los cuarenta puntos (70/30); sin embargo, Nicolás Maduro, el actual Presidente, y Diosdado Cabello, titular de la Asamblea Nacional, han anunciado que resistirán por la fuerza y, en ningún caso, están dispuestos a entregar el poder. Si algo así sucediera, gobiernos tan vergonzosamente remisos a condenar a ese narco-régimen por la violación permanente de los derechos humanos (Brasil, Bolivia, Ecuador y Uruguay), como lo fue el de la propia Cristina, se verán obligados a cambiar radicalmente de posición.  

 

El jueves 10 deberemos colgar la bandera en todas nuestras casas y, a partir de las 10:00 de la mañana, ir todos a la Plaza de los Dos Congresos para no dejar solo a Mauricio Macri el día de su asunción pero, fundamentalmente, para decirle a los Kirchner y a sus hordas rentadas que, aquí, en la Argentina, el miedo se acabó.

 

Con esta columna, la 482 que escribo desde que comencé, hace ya diez años, a criticar todos los disparates de este triste período, cierro un ciclo, y sólo volveré a «reunirme» con mis muy pacientes lectores a partir de enero. Mientras tanto, y dado que por fin cambiamos, mis deseos de una muy feliz Navidad, y el mejor 2016 posible para todos.

 

Bs.As., 6 Dic 15

Enrique Guillermo Avogadro

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FRANCISCO y EL EXTRAñO CASO DEL PADRE GRASSI

2015/12/07

Querido Papa: «NO PUEDES QUEDAR BIEN CON DIOS Y CON EL DIABLO, (Aunque El Protocolo te lo ordene)

Francisco y el extraño caso del padre Grassi  / Sugiero ver tambien y comparar y pensar >  http://wp.me/p2hqUO-RU 

Andrés Beltramo, el 30.04.13 a las 9:17 PM   .  Del Vatican Insider (IT)

Enlace Corto > http://wp.me/p2hqUO-S2 

El viernes 5 de abril el Papa recibió al arzobispo Gerhard Ludwig Müller, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Entre los varios asuntos tocados en esa reunión destacó uno particularmente espinoso: el caso del padre Julio Grassi, compatriota de Jorge Mario Bergoglio, condenado por supuestos abusos sexuales contra menores, en un juicio extraño y con muchos puntos oscuros.

ANDRES BELTRAMO ALVAREZ Argentino Period

Ese día El Vaticano emitió una nota para dejar constancia que Francisco mantendrá la línea de transparencia en los casos de ataques a menores cometidos por clérigos católicos, establecida por su antecesor. Una política que se aplicará a todo el mundo, incluida Argentina, donde el proceso Grassi captó la atención de la prensa en los últimos años por la fama de su protagonista, conocido como el “cura mediático”.

Todo comenzó en el año 2002 tras un informe periodístico del programa “Telenoche Investiga”, emitido por el Canal 13, en el cual se ventilaron algunas denuncias por supuestos abusos contra el iniciador de la Fundación “Felices los Niños”, dedicada a la rehabilitación de menores en situación de dificultad.

Actualmente, 11 años después, la batalla legal aún no termina. En todo momento el sacerdote se declaró inocente y sus defensores aseguran que la causa en su contra fue montada producto de una disputa de poder en torno a la fundación. Y resulta difícil no dar crédito a sus explicaciones.

Originalmente eran siete los acusadores. Al menos esa fue la cifra de personas que aparecieron, con los rostros tapados, ante las cámaras en un reportaje que anticipaba un aluvión de denuncias (debían ser más de 20). Aluvión que nunca llegó y, más bien, ocurrió todo lo contrario. Cuatro de ellos nunca ratificaron sus denuncias. El resto sí lo hizo y entre todos sumaron 17 cargos de agresión contra el presbítero.

Pero los cargos fueron cayendo uno a uno. El denunciante que alegaba once ataques terminó siendo acusado por falso testimonio. De los dos restantes, uno fue declarado como no creíble y la otra víctima refirió haber sido atacada la tarde del 6 de diciembre de 1996. Luego cambió la fecha del episodio, pasándola al día siete y después a la madrugada del domingo 8.

Finalmente y pese a las contradicciones jurídicas, Grassi fue condenado en 2009 a 15 años de prisión. Todavía la sentencia no está firme y él se encuentra en libertad condicional. Mientras tanto en 2011 el mismo sacerdote fue sobreseído de otra denuncia radicada en su contra en El Calafate, al sur de Argentina. La causa había sido presentada también en 2002, pero durante años nadie presentó pruebas y decayó por sí misma.

Culpable o no, lo cierto es que su caso fue utilizado en su momento para enfangar al actual Papa cuando era arzobispo de Buenos Aires y presidente de la Conferencia Episcopal Argentina. Luego, pocos días después de la elección de Francisco como obispo de Roma, el diario estadounidense Washington Post revivió la historia asegurando que Bergoglio rechazó encontrar a la víctima del sacerdote, así como a cualquier otra persona que haya sufrido abusos de parte de un miembro del clero argentino.

La publicación insistió además en que el cardenal tampoco habría ofrecido sus disculpas o un resarcimiento económico, ni siquiera en los casos en los cuales los sacerdotes terminaron en la cárcel.

Pero ninguno de los sacerdotes involucrados en abusos en los últimos años en Argentina dependían jerárquicamente del cardenal. El fundador de “Felices los niños” nunca perteneció al clero de Buenos Aires y sí a la diócesis de Morón, ubicada a las afueras de la capital argentina. Por lo pronto la Santa Sede no se pronunciará sobre el caso Grassi, aunque ya tiene un completo expediente sobre el mismo. Esperará a que finalice de todo el proceso judicial. Así lo propuso Müller, así lo autorizó el Papa. Como un gesto de prudencia debida.

Categorías : Pederastia en el clero católico

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72 comentarios

Horacio Castro

Te felicito y agradezco Andrés por la objetividad y precisión con que presentas el «caso Grassi». Un sacerdote justo e inocente de todas las acusaciones que se fueron desmoronando y que todavía es perseguido infamemente.

30/04/13 10:58 PM

Gregory

El caso es confuso porque si varios de los acusadores y sus acusaciones fueron cayendo una tras otra por contradicciones o por falsedad entoncen ¿por qué lo condenaron? es algo extraño no me pareceria incierto que alguien pretendio en su momento enlodar a la Iglesia con este caso. Ciertamente que esta situación amerita un acción por parte del Vaticano si no se emprende una acción entonces acusarana al papa de complicidad a nadie le interesan los entresijos del caso sino el escandalo como tal pero insisto que es un caso curioso.

30/04/13 11:09 PM

Juan

El padre Grassi es inocente y su causa fue armada por la periodista ex-Montonera Myriam Lewin; por el grupo mediático Clarín (en aquél tiempo cómplice y socio del gobierno argentino) y Estela de Carlotto, de la organización política denominado Abuelas de Plaza de Mayo.

Cualquiera que se interese mínimamente en la causa puede darse cuenta.

El grave error del P. Grassi fue mezclarse con ciertos personajes de avería para poder conseguir fondos para su Fundación.

30/04/13 11:39 PM

Xaberri

Leer el titular y mirar esa fotografía me ha supuesto un mazazo. Después, esos puntos oscuros a los que usted se refiere parece que no lo son tanto, ¿verdad? Después miro la fotografía y alabo a Dios por su manifestación en sus criaturas y ahora me acuerdo de lo de «el ciento por uno con persecuciones».

01/05/13 12:03 AM

Ricardo de Argentina

El P. Grassi ES INOCENTE.

Absolutamente inocente.

Los que montaron su falsísima acusación deberían estar presos hace ya muchos años.

01/05/13 12:15 AM

Rosita

La señora de Carlotto, a quien el Papa Francisco recibió la semana pasada en Roma, es el cerebro que maquinó esta cruel ignominia contra el P. Grassi. Es que esta señora y sus «humanitarias fundaciones», pedían subsidios al gobierno para atender a los pobres en comedores barriales, muy superiores «per cápita», a lo que solicitaba el padre Grassi. Al saberse que él con poco atendía bien a los niños, y ella (Carlotto) exigía cifras abultadas (los negociados de las abuelas), originó esta «cama» contra Grassi, que se agrandó en los medios y terminó en el calvario de un sacerdote inocente.

Pedimos al Santo Padre tenga a bien restituir la fama y el honor a este hombre de Dios y, de este modo, descaretar a estas mujeres farsantes, que en nombre de su ideología, no les importa pisotear la dignidad del prójimo.

01/05/13 12:51 AM

Stephanus

Este caso es una vergüenza nacional que demuestra que en la Argentina, lamentablemente, no existe justicia. Se resuelva en un sentido u otro, nunca podremos estar seguros.

Por un lado, tenemos a los denunciantes. Una causa armada por una pperiodista judía Miryam Lewin, ex montonera y compañera de Galimberti y Corcho Rodríguez, quienes tiempo antes habían perdido un juicio millonario con el sacerdote por no haber entregado a su fundación el dinero recaudado en el programa de Susana Giménez utilizando el buen nombre del P. Grassi y su fundación.

Por el otro lado, tenemos que las acusaciones y testimonios cayeron por tecnicismos y chicanas judiciales, y no porque se demostrara su falsedad o la inocencia del Padre. Claro que, lamentablemente, en la Argentina de hoy, muchas veces, es el único recurso que queda aún teniendo la razón. Es triste pero es así.

La actuación de la Jerarquía y de los superiores salesianos tampoco ha sido ejemplar. Aunque sea, aún cuando no quisieran jugarse por el sacerdote, debieron haber exigido un juicio justo, la no politización del caso y haber hecho lo imposible por conservar su admirable obra apostólica. Por el contrario, se lavaron las manos y hasta le negaron asesoramiento legal que debió ser soportado por amigos, mientras la fundación fue objeto de la rapiña política.

01/05/13 12:51 AM

GABINO

No se ensucia al Padre Grassi y se sale limpio.

01/05/13 4:40 AM

Luis Fernando

Yo sé del caso de un cura gallego que está en prisión por, según multitud de indicios, acusaciones falsas de unos sinvergüenzas. Eso sí, las familias de esos acusadores tuvieron que largarse del pueblo donde vivían.

01/05/13 11:36 AM

pierina falduti

el padre Grassi es inocente esa causa fue armada por venganza y por intereses espurios (quedarse con la fundación) no sea cómplices de esa infamia infórmense

http://www.causagrassi.org/portal/

http://www.causagrassi.org/portal/noticias/item/84-26-tv-cuarto-día-27-12-bloque-uno.html

http://www.causagrassi.org/portal/noticias/item/85-26-tv-cuarto-día-27-12-bloque-ii.html

01/05/13 4:21 PM

pierina falduti

EL MEJOR DELOS COMENTARIOS

¡¡¡¡¡ FELICITACIONES Y QUE DIOS LO BENDIGA!!!!

01/05/13 4:34 PM

Alf_3

Desconocía yo el caso y según se ve por el artículo y los comentarios, el P Grassi, es inocente.

¡Qué calvario el suyo!

Dios se lo recompensará indefectiblemente.

02/05/13 1:29 AM

pepe

Quien le devuelve estos años al padre grassi? que verguenza que haya tanta mafia…

02/05/13 8:50 PM

carlos A. Saez

Hace 3 días el famoso abogado Fernando Burlando fue asaltado ayer por una banda que lo interceptó en Palermo y le robó un lujoso auto valuado en 200.000 dólares, dinero, un reloj de oro blanco y celulares. El hecho ocurrió a las 0.30, cuando el defensor del Padre Grassi, al realizar la denuncia en la comisario no se acordaba la patente del auto porque dice que tiene 15 autos para su uso personal. Este abogado no es barato es de los top, por la fundación siguen pasado muchísimos ingresos que a mi modesto entender debieran ser auditado por caritas ¿se condice que un cura tenga relaciones con gente que nada que ver a los principios del Santa Padre francisco?

02/05/13 9:23 PM

carlos A. Saez

¿Un consagrado puede pedir Habeas Corpus, y la jerarquía no omitir opinión ? En la causa Nro. 38.889 la petición de Hábeas Corpus por la defensa de Julio Cesar Grassi; es decir el le da poder a Abogados para evitar todo contacto personal con los Jueces, Los recurrentes interponen habeas corpus contra la eventual resolución de la Excma Cámara de Apelación y Garantías Sala I del Departamento Judicial Morón que, en la causa nº 24.280, En el caso de autos se verifica una situación de excepcionalidad, ( es decir es un caso excepcional de alguien que tiene sentencia firme en 2 grados). En mi caso conozco a 2 de los Jueces personas honorables y muy comprometidas con el drama social que vive la Argentina y veladamente reciben presiones por haber fallado a derecho. ¿están exentos los consagrados de los pecados? que Dios nos perdone por faltarle

02/05/13 9:49 PM

Aldo Horacio Merciel

El caso del P. Grassi, justamente como dice un comentario mas arriba fue armado luego de que el Padre denunciara públicamente que el Sr. «corcho» Rodriguez, en ese tiempo amante de la conductora televisiva Susana Gimenez; ya que ellos lo habían estafado con lo producido en su programa televisivo, donde el público llamaba y del costo de cada llamado un porcentaje quedaba para la Fundación «Felices los niños»(conducida eficazmente por el P. Grassi) y el resto era para los nombrados anteriormente.Es allí donde comenzó el bien llamado calvario del Padre Grassi por denunciar a algunos de los poderosos de turno.

03/05/13 2:00 AM

Yo

El P. Grassi es inocente.

03/05/13 11:35 AM

Horacio Castro

La Conferencia Episcopal Argentina le encargó al jurista Marcelo Sancinetti, uno de los más reconocidos penalistas del país, un análisis de la causa de Julio César Grassi, QUE CONCLUYÓ QUE EL SACERDOTE ES INOCENTE de los cargos de abuso sexual contra menores a su cargo, por los que fue condenado a 15 años de prisión. La tarea fue encomendada durante el mandato del cardenal Jorge Bergoglio (Hoy Papa Francisco) y se tradujo en dos libros, uno vinculado con los «hechos referidos a HOJ» y el otro con los «referidos a OA», las iniciales de las dos presuntas víctimas de Grassi. A la sinuosidad del comentario de “carlos A. Saez” que nada tiene que ver con la infamia tramada contra el Padre Grassi, puedo responder (y muchos más) como corresponda ‘SI CONCRETA’. La síntesis que se ofrece en el post de “Sacro y Profano” es acertada.

03/05/13 2:41 PM

Marisa Tasso

Siempre tuve la sospecha que el caso Grassi no estaba del todo claro, me dió la impresión de que el pobre padre, en su lucha por la niñez abandonada, había caído en manos de personas inescrupulosas, en cuanto a la ambición por el dinero, hoy estoy más convencida que nunca de su inocencia. Como católica invito a todos los creyentes a unirnos en oración por el Padre Julio Grassi.QDLB

03/05/13 7:23 PM

Adolfo Aguirrre

En Argentina no hay curas abusadores de menores. Mentira!!!!! Como se lo puede defender tan categoricamente si no se tiene la información completa del caso. El fanatismo es triste, de tan obsecado que es ciego. Puedo entender que alguien tenga dudas pero defenderlo a morir. Al final las víctimas son los mentirosos. Pobres chicos. Quien no sabe de algún caso de los muchos que hay que viven impunes y protegidos. Se tiene que acabar. Defendamos a los niños y preguntémonos que podemos hacer por ellos.

03/05/13 10:36 PM

Juan

De algo si estoy seguro, sea culpable o inocente:

Si es culpable por que no esta hace mas de diez años preso?

Si es inocente por que siquiera se le inició juicio¿ y se lo sometio a un calvario de diez años¿ De algo estoy seguro es que en Argentina no hay justicia y los jueces que ganan muy bien y se nutren en su jubilacion de las cajas de los pobres docentes donde al jubilarse un juez saca diez veces mas que un docente, son juguetes del poder.

En la Argentina no hay justicia y lo que se le parece no es mas que una farsa de justicia donde los mas poderosos inclinan la balanza a su discreción.

Pobre Argentina y ahora con una reforma judicial para empeorar la cosa!

04/05/13 10:57 PM

Horacio Castro

Adolfo Aguirre. Eres otro sinuoso. ¿Por qué no concretas una acusación al tenor del post en vez de difamar con la generalización como todos los mentirosos y anticatólicos?

05/05/13 12:59 AM

Pola Pithod

Cuánto me alegra leer en este artículo eso de la «línea de transparencia del Pontífice anterior» . Se han llenado la boca hablando de la corrupción moral y económica de la Sta. Sede, mintiendo. Las medidas tomadas desde que aparecieron estos casos y especialmente por Benedicto, son las más avanzadas. La inspección internacional al Banco Vaticano, ponderó la corrección del mismo y las mentiras del «vatileaks» fueron inventadas por un diario italiano. (Se dice el pecado pero no el pecador) .

Punto aparté, me ha edificado el silencio de Benedicto. Recuerdo en el libro de las Florecillas de san Francisco, cuando un fraile le pregunta sobre la humildad y Él le cuenta de un hermano limosnero que primero es rechazado verbalmente. Como insistiera, es agredido verbalmente. A la tercera es golpeado. Entonces dice San Francisco, se alegró pues había sufrido por Ntro. Señor. Esa es la verdadera humildad. Y eso recordé cuando le vi volver ayer a su nuevo hogar en el Vaticano, sonriente, sin haberse defendido jamás de las falsas acusaciones.

06/05/13 12:12 AM

matias

LA VERDAD ES UNA SOLA Y ESTA COMPLETAMENTE A LA VISTA Y ESTA LA PRUEBA CON LOS HECHOS…. TODA UNA VIDA DEDICADA A SER EL PADRE DE LOS QUE NO TIENEN PADRE. EL PADRE GRASSI ES TOTALMENTE INOCENTE , SON VICTIMA EL Y LOS MAS DE 6MIL PIBES QUE ALEJARON A SU PADRE DE SUS VIDAS… AL UNICO QUE SE DIGNO A MEJORAR SUS VIDAS…. LAMENTABLEMENTE HACER UNA OBRA DE BIEN EN ESTE PAIS NO ESTA BUENO… QUISA SI FUESE UNA OBRA CORRUPTA DONDE SE HUBIERAN DESVIADO ALGUNOS PESOS… QUISA NO ESTARIAMOS HABLANDO DE ESTO… PERO BUENO EL PADRE ES UNA PERSONA PURA Y HONESTA… Y PARECE SER QUE ESO MOLESTA… DIOS TE ILUMINE FRANCISCO I PARA PODER ESCLARECER ESTO Y AYUDAR AL PADRE GRASSI A ILUMINAR LA VERDAD..

06/05/13 6:42 AM

Diego de Argentina

El P. Grasi es totalmente INOCENTE y con una obra de misericordia heroica y maravillosa. Varias figuras de la farandula y de la perversa politica argentina son los que han armado esta farsa mentirosa por espureos motivos. Ojala de una buena vez quede totalmente limpia la figura sacerdotal del padre Grasi.

06/05/13 9:56 PM

Stephanus

El abogado del P. Grassi, el Dr. Burlando, ‘el abogado de los famosos’, decoró su oficina como la tenía el personaje de Al Pacino en la película ‘Abogado del diablo’. Esto es muy conocido en la Argentina.

Reitero. El caso no está nada claro.

Por otro lado, consta en innumerables testimonios que el entonces cardenal Bergoglio se negó a reunirse con Grassi. Testimonios como el del propio Grassi en la televisión como del P. Marcó, entonces, vocero del Cardenal.

07/05/13 2:43 AM

Horacio Castro

Prueba de Stephanus contra el Padre Grassi: “El abogado del P. Grassi, el Dr. Burlando, ‘el abogado de los famosos’, decoró su oficina como la tenía el personaje de Al Pacino en la película ‘Abogado del diablo’. Esto es muy conocido en la Argentina. Reitero. El caso no está nada claro.”

Stephanus, si mantienes semejante estupidez como tu ‘aporte’ sobre Julio César Grassi, tienes una notable limitación cognitiva o una gran habilidad para crear confusión, que ya se advierte en tu anterior comentario.

Respecto a lo que dices sobre el Cardenal Bergoglio (Hoy Papa Francisco) a quien me refiero en 03/05/13 2:41 PM sobre el análisis que encargó la CEA al Dr. Marcelo Sancinetti y otros juristas, sí es cierto que hubo quejas de una jerarquía eclesiástica sobre la captación de contribuciones por la Fundación Felices Los Niños del Padre Grassi. Algunos suponían que todo tipo de contribución debía realizarse a organizaciones de la Iglesia. Es decir un tema interno de la Iglesia que no llegó a mayores.

El Padre Grassi fue sometido a un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Morón, con tres supuestas víctimas, con la intervención de peritos en distintas especialidades, una acusación Fiscal que comprendía a los tres acusadores y los 17 hechos delictivos denunciados. Por la Querella- respecto a la totalidad de la acusación- actuó un abogado por el “Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño”. En definitiva hubo una total homogeneidad en el accionar del Fiscal y aun de los abogados de las presuntas víctimas sobre los criterios, pericias, testimonios, y supuestos probatorios sobre la culpabilidad del Padre Grassi. Sólo se diferenciaron entre sí en el “número” que le pusieron al pedido de condena “por vida” al acusado. Lo que digo concretamente es que actuaron “en banda”.

Así tiene muchísima importancia para una evaluación lógica de la acusación perpetrada que, de las tres presuntas víctimas, dos no pudieron probar ningún delito; y de los famosos DIECISIETE hechos delictivos QUINCE no existieron. El tercer denunciante «con el mismo tipo de pruebas y las mismas pericias utilizadas para intentar probar las falsedades», ‘da pie de barro’ a una incomprensible decisión judicial (con imprecisión de fechas y horarios) sobre dos delitos tan increíblemente aberrantes como un “piquito” y una “felaciòn”. Sin embargo fueron otros motivos recurrentes los que originaron que a sus 13 años (en 1996) fuera rechazado por sus compañeros y abandonara la Fundación. Hay una carta de su puño y letra que prueba su mendacidad. Además como periodista Raúl Portal ha probado la imposibilidad espacio-temporal del relato del denunciante de estos supuestos delitos. No es un detalle menor que en la página 551 del libro “Galimberti” escrito por Larraqui y Caballero dos años antes de la denuncia contra el padre Grassi, se mencione en el capítulo 33 cómo se planeaba la conspiración contra el sacerdote. No quiero excederme en la extensión del comentario pero vale señalar que uno de los tres jóvenes mentirosos acusadores del sacerdote en el juicio en Morón, es también el protagonista de la falsa denuncia radicada en El Calafate en la que fue definitivamente sobreseído el Padre Grassi.

Merece un capítulo aparte las biografías y compromisos de quienes impulsaron la acusación: periodistas y jefes montoneros; estafadores; organizaciones para la promoción de los derechos de la niñez con entonces directivos- relacionados con causas de detenidos desaparecidos- que actuaron aprobando la sanción de leyes sobre el matrimonio igualitario con derecho a la adopción de menores; grupo de multimedios ‘amigos del poder’, poder político que ahora afirma que con sus diarios, canales de TV y radios, el grupo “miente”; funcionarios judiciales actualmente procesados o sumariados en distintas causas; y sigue una lista ‘más o menos’ larga…

07/05/13 6:28 PM

Stephanus

Ud. se salta un punto y aparte para que todo aparezca junto. No haga trampas de abogado chicanero.

¿Niega acaso lo de la oficina de Burlando? ¿Necesita que busque en YouTube el testimonio y lo linkee acá?

08/05/13 1:23 AM

Horacio Castro

Stephanus. ¿’VOS TE ATREVÉS’ A LLAMARME TRAMPOSO A MÍ? ¿Desde cuándo el Dr. Burlando es “el abogado” del Padre Julio César Grassi? ¿No será que el sacerdote intercedió ante ese abogado penalista para que asistiera gratuitamente a los padres de Candela Rodríguez, la niña de 11 años asesinada en Villa Tesei hace dos años y cuyo caso ahora complica a funcionarios judiciales de Morón que persiguieron al Padre Grassi?

08/05/13 1:24 PM

Fredy

Vivo en Argentina, y tengo que decir que lamentablemente el manejo de la información hace que la verdad sea relativa, hay gente que mediatiza la verdad y según la orientación ideológica que tenga la noticia hacer que no se sepa la verdad, o mejor dicho se manosee la verdad.

Pero el Padre Grassi es Inocente, seguramente todo esto servirá para su santificación.

09/05/13 1:20 PM

serena

alguno de uds.defensores de este hombre, tiene hijos?, piensen, si les ocurriera algo como lo acusado por estos chicos, defenderian alSANTO del cura?

21/05/13 4:25 PM

serena

alguno de uds.defensores de este hombre, tiene hijos?, piensen, si les ocurriera algo como lo acusado por estos

chicos, defenderian alSANTO del cura?

MUY ECUANIME, LA PUBLICACION, COSA RARA, HAY PROBLEMAS? PROBLEMAS EN TU ESPIRITU, ME PARECE, O NO?

21/05/13 4:27 PM

Elena Estrella Beolchi

Nadie se compadece de los menores victimas de este hombre. Las victimas eran y son pobres, necesitados de proteccion, y eso es lo terrible del caso.

Lo que me pone peor es la gente que defiende y defendio a este pederastra EstudiosJridicos muy importantes lo han defendido y gente con poder. Asi y todo no ha podido liberarse de la justicia, gracias a Dios.

02/07/13 8:18 AM

Elena Estrella Beolchi

Gracias Serena, por ser justa defendiendo a criaturas indefensas. Gracias !

02/07/13 8:20 AM

Dario Carlos Mosso

Cualquiera sea la opinión que se tenga (el que no ha visto el expediente judicial de un tema solo puede tener opinión, pues no conoce los elementos de prueba realmente obrantes en una causa), lo cierto es que la intervención en el caso Grassi del Fiscal Nievas y del Juez Meabe, vinculados a un turbio pasado con la Dictadura, y a su vez «azuzados» con éxito por Estela Carlotto y Miriam Lewin, me hacen dudar de la probida de sus intervenciones. A veces sucede que protegidos de la dictura (o que se salvaron de su represión), se unen en supuestas defensas de Derechos Humanos, para tratar de borrar sus reales historias.

11/07/13 9:44 PM

La pura verdad

Desde mi punto de vista, el Padre Grassi fue usado por un grupo de personas que estaban interesados en sacarle plata al sacerdote y otro grupo aprovechó la jugada para quedarse con la fundación.

13/07/13 3:55 AM

Esteban

Mi pregunta es, porque hay tantos casos de padre abusadores?.

19/07/13 10:23 PM

Walter

Muchos padres abusadores?? No hay tantos casos de padres abusadores…sinó que hay casos aislados, tanto de sacerdotes como de maestros, periodistas, albañiles, et. EL PADRE GRASSI ES INOCENTE DE TODAS ESAS ACUSACIOES, y les digo a esas dos mujeres, Serena y Elena, que esos tres niños inocentes y pobres e inocentes denunciantes son 3 BASURAS. Los conozco y además tengo las fotos sacadas de Facebook en la que mostraban en forma de burla el dinero que cobraron de parte de quienes les armaron la cama al padre Julio Grassi. Ellos se llaman Alberto Oscar Aguirre (alias Gabriel), Héctor Osvaldo Jara (alias Ezequiel) y Luis Alberto Rodríguez (alias Luis). Señoras, si no conocen las causa ni a estas tres basuras mejor NO HABLEN NI OPINEN. Y al que quiera las fotos de esta gentuza se las paso con gusto

28/07/13 6:12 AM

diganlaverdad!!!!

lo que resulta raro de este caso es que salio a la luz justo despues de que el Padre Grassi denunciara en uno de los programas de television con mayor audiencia, que no se habia cumplido con un trato que la fundacion tuvo con un call center (esperaban recaudar fondos para la fundacion, y solo le entregaron un tercio de lo que se habia recaudado). Una vez hecha la denuncia, empezaron a aparecer estos casos, donde habia contradicciones de los acusantes o directamente no aparecian….. Queda claro que lo mandaron a callar para que no se siga investigando que paso con esos fondos que todos donamos para la fundacion y que nunca llegaron

31/07/13 10:11 PM

Rubens

He conocido al P.Grassi y su obra prácticamente casi desde el inicio de su fundación, y sería extensícimo mencionar múltiples detalles que muy muchos desconocen in situ. Si gracias a Dios quienes lo han defendido en sus diversas formas.

La misma obra salesiana, a quien perteneció hasta cumplir cierto breve tiempo de «permiso» sobre su fundación, concluido ese lapso y fuera de la congregación, se mantuvo un lazo simple de amistad y que en determinadas circunstancias fue en justicia solidaria.

Sabido aparte de la inmensa obra y «colchón para gobiernos», que surgieron otros intereses externos malignos que quisieron aprovecharse del predio y demás, utilizando lo máximo de lo peor.

Y de esas gentes cercanas fue su error, que no empaño la fundación pero desnudó sinvergüenzas sin nombrar.

Nunca creí semejante denuncia en su contra. Y al estallar la noticia bomba calumniosa, hacía varias semanas que allí ya se presagiaba esa posible malignidad. Por algunos aspectos allí observé.

Ahora viene restablecer su honorabilidad desde la misma justicia y expresamente los medios motor delictual cómplice.

22/08/13 12:19 AM

Carmen Anaya

En estos día tuvieron el tupé de presentarse en la Embajada de Buenos Aires del Vaticano, nada meno que el abogado Gallegos, un profesional de cuarta que se hizo famoso por sus calumnias e injurias contra el Padre Grassi, con el atorrante Oscar Aguirre por el que fue condenado el Padre Grassi.Cambió tres veces el lugar. ha hora de la presenta violación.Quería entregar al Santo Padre una carta de dos carillas que decía, «ayúdeme a recuperar la fe. y no entiendo como quiere recuperar algo que nunca tuvo.Tendría que poner «ayúdeme a recuperarme de las drogas

2

17/09/13 1:49 AM

mac

Condenado a cadena perpetua, se hizo justicia pero… «El padre Grassi tiene once abogados que lo defienden y yo me pregunto quién los paga», remarcó Carlotto, y sostuvo que «casualmente son abogados que han defendido al asesino de (José Luis) Cabezas y a (Marcos) Telleldín». Ya sabemos la fortuna que se ha gastado la Iglesia católica de EE.UU para evitar juicios por pederastia, y la cantidad de abusos en orfanatos gestionados por curas católicos.

19/09/13 10:25 AM

Marcelo

Vivo en S.Cruz y nos golpeó fuerte este caso. Siempre dudo de quienes se acercan tanto a los medios, eso les da un poder muy superior a los que no tienen ese acceso. No soy quien para decir (como la mayoría) si es culpable e inocente. Pero bien podría este padre resignar esos años recluído para evangelizar a los otros reclusos y para orar y meditar en pos de erradicar los abusos hacia niños. La soledad y sus buenas intenciones, podrán interceder por la liberación de ese vicio en quienes lo necesiten.

20/09/13 12:50 PM

PIERINA

Una investigacion solicitada por el Cardenal Bergoglio, determina que el padre Grassi es inocente –

piscopal Argentina le encargo al jurista Marcelo Sancinetti, uno de los mas reputados penalistas del pais, un analisis de la causa de Julio Cesar Grassi, que concluyo que el sacerdote es inocente de los cargos de abuso sexual contra menores a su cargo, por los que fue condenado a 15 años de prision. Asi lo revelaron a DyN fuentes judiciales, que precisaron que la tarea fue encomendada durante el mandato del cardenal Jorge Bergoglio y se tradujo en dos libros, uno vinculado con los “hechos referidos a HOJ” y el otro con los “referidos a OA”, las iniciales de las dos presuntas victimas de Grassi.

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l abogado querellante en la causa, Juan Pablo Gallego, confirmo la existencia de esos trabajos y denuncio que fueron “allegados a distintos escritorios de magistrados” de la Suprema Corte bonaerense, “con el fin evidentemente de provocar presion a la hora de decidir” sobre la condena al sacerdote.

23/09/13 4:39 AM

Yolanda

Yo deseo de corazòn y en este momento que se està decidiendo si el PADRE GRASSI, SERÀ CONDENADO O NO , YA QUE LO CONSIDERO TOTALMENTE INOCENTE , Y MAS DE 10 ACUSACIONES CONTRA EL CAYERON QUE NUESTRO QUERIDO PAPA FRANCISCO ENVIE UNA LUZ A QUIENES LO TENGAN QUE JUZGAR Y NO LO CONDENEN.- DETRÀS DE ÈL MUCHA GENTE DE MALA FE PREPARÒ TODO ESTO.- ESTOY REZANDO POR TI PADRE GRASSI Y PIDIENDO A NUESTRO SANTO PAPA.- CAIGAN LAS BENDICIONES DE DIOS SOBRE TI,. INTUYO EN MI CORAZÒN QUE NO SERAS CONDENADO.- FE, MUCHA FE Y SUERTE.-

24/09/13 12:33 AM

Doña Rosa

El Padre Grassi es INOCENTE !!!

Estamos HARTOsss de gentuza como la carlotto, los monto$ y clarinete!

Cada vez que prendo TN están con el tema Grassi y lo apago. No puedo soportar ver cómo maltratan a un inocente que hizo tanto bien por nuestros niños. Me dan ASCO todos los periodistas que se suman al coro contra Grassi. Para ellos es más importante su propio bolsillo que la Justicia. Porque si Grassi es inocente, clarinete debería poner millones x daños y perjuicios.

Qué podemos hacer para apoyar al Padre Grassi?

BOICOT a CLARIN !!! Qué más ???

Saludos y bendiciones

24/09/13 1:44 AM

Luisa

Roguemos para que el Señor le de al Padre Grassi la fortaleza necesaria que le ayude a enfrentar las pruebas a que está sometido. Culpable o no, no somos nosotros quienes debemos juzgarlo.Confiemos en la justicia humana, pero por sobre todas las cosas, en la justicia de divina.

24/09/13 5:28 AM

Eliseo

El cura Grassi tenía inclinaciones por los menores, no era ni pedófilo ni violador, simplemente se encariñaba y protegía a los más necesitados de su fundación. Eso los sabían el Corcho Rodríguez y Galimberti, que tenían negocios con armas y equipos de seguridad y el corcho además tenía la empresa que manejaba los llamados al programa de su «novia» susana giménez. Una vez en público, Grassi le echó en cara a susana giménez de la falta de rendición y que lo aportado no coincidía con sus cálculos (los de Grassi) a lo que la «diva» respondió «¿pero que quiere hacer padre, un Sheraton?» Ese fue el detonante del calvario de Grassi, ahí nomás el corcho y su gente amenazaron al cura de que se quede en el molde o sino iban a mostrar su «lado oscuro». Grassi siguió, y el corcho y compañia dieron los «datos» al equipo de «Telenoche investiga» (del canal 13, Grupo Clarín) con Miriam Lewin al frente para que investiguen al cura y la fundación. No es cierto la infamia que dijeron más arriba sobre Estela de Carlotto. Lo cierto es que Grassi se metió con tipos jodidos, como el corcho rodríguez, que tiene negocios de armas, y como buen mafioso el corcho supo hacer utilizar a otros las cosas que perjudicarían a Grassi. Al cura finalmente le dieron 15 años de cárcel. Fue condenado en primera instancia pero apeló y le dieron la excarcelación pero ahora, setiembre de 2013 finalmente, la corte suprema de la provincia de buenos aires confirmó la sentencia a 15 años a cumplir en la cárcel de Ituzaingó.

24/09/13 7:18 AM

andrea gratani

Creo que el Julio Grassi en su afan de conseguir fondos para ayudar a los niños cayo en manos de inescrupulosos que quisieron estafarlo y cuando logro mas dinero de lo que otras personalidades podrian juntar para ayudar en sus fundaciones, quisieron sacarle todo inventando las barbaridades que inventaron estos pibes que como obviamente se nota fueron pagados para armar todo esto. Si hubiese sido realmente culpable lo hubieran puesto preso hace ya once años. No tienen pruebas concretas de nada y solo quieren seguir cobrando sueldos enormes los jueces que siguieron este caso. Porque tardar once aÑos para encarcelarlo?. Es muy confuso y se ha notado siempre que los acusadores tenian el libreto preparado por eso varios fueron acusados por falso testimonio. Además estos pobres chicos pudieron ser abusados por culaquiera y quien puede probar por quien. No habria tanta gente defendiendolo a Grassi si no fuera un buen tipo. Es vergonsozo todo esto. Grassi es inocente.

Andrea

24/09/13 9:39 PM

andrea

GRASSI ES PEDÓFILO, SE PROBÓ Y FRANCISCO NO ABANDONARÁ A LAS VICTIMAS, NO PUEDE DEJAR ESE MENSAJE A LOS HIJOS MAS VULNERABLES DE DIOS

25/09/13 12:03 AM

Lucía María Cristiano Escalada

Coincido con varios comentarios sobre la inocencia del Padre Julio César Grassi. Si bien sólo conocía en sordina sobre su proceso, ayer lo escuché y estoy convencida de su inocencia. El error fue entrar en lo mediático para la fundación. La gente inteligente y que se defiende tan bien como lo hizo él, da envidia y a la vez miedo a mucha gente (vergüenza daban esos nuevos «jueces», junto a la querella y el fiscal). Por otro lado si lo declaraban inocente, se les terminaba todo a los periodistas y programas en cadena.(me desilusionó esta vez lanata haciendo algún chiste de más, en vez de investigar a asesinos violadores de adolescentes con cantidades de pruebas… aquí no hay). Que espanto cuando toda relación social se transforma en lazos de dinero y encima se une a algo seguramente político. Grassi, repito, es inocente. Ojalá le de fuerzas el Papa Francisco.

25/09/13 12:20 AM

Estella

Que verguenza me da que existan estos católicos ciegos, se deben condenar estos actos de pedofilia no tienen hijos? Hace 11 años que tendría que estar preso, conozco a Grassi y abuso de su poder.Esas personas le hacen daño a la Iglesia que pague y que ser haga justicia y en cárcel común.Cómo católica quiero quela Iglesia se purgue de estos seres indeseables, abran los ojos y vean la realidad

25/09/13 1:03 AM

Ignacio

Grassi fue condenado en tres instancias mediante mecanismos judiciales. Su crimen es el más espantoso que puede cometer un hombre; usar su poder, su condición de protector, contra chicos pobres, indefensos, sin opción. Quienes aquí lo defienden porque «lo sienten» deberían leer el expediente: Lean! Si no lo hacen y defienden por puro aglutinamiento institucional son apologistas de la pedofilia; el más siniestro de los pecados, la peor dede todas las aberraciones.¡ Lean! No sean burros, no hablen a boca de jarro ¡Lean el expediente, por Dios!Estamos hablando de un crimen que debería pagarse con cárcel de por vida y este miserable ha pasado apenas dos semanas tras las rejas y luego vivió en una quinta con pileta ¿Por qué lo defienden tanto? ¿Es defensa corporativa de la Iglesia? ¿No se dan cuenta del daño que le hacen a la Iglesia defendiendo esto? Hagan introspección, apelen a su conciencia, piensen en sus hijos, indaguen en el expediente, en las pruebas, en los fallos de TRES instancias judiciales que condenaron a esta bestia. No puedo creer la mayoría de comentarios que he leído en este foro. Que si la periodista es judía, que si era montonera ¡qué importancia tiene eso! ¡¡¡La verdad la definieron tres tribunales integrados por jueces !!! Los comentarios de defensores a ultranza parecen venir de seres enfermos que no deberían tener niños cerca. Debería ya mismo desarrollarse una investigación porque dan miedo; sepan que están defendiendo a un criminal CONDENADO, a un reo, a un delincuente sexual, a un depravado. No porque lo diga yo ni la periodista (esa a la que ustedes odian por judía) Lo han dictaminado los JUECES en base a PRUEBAS. Lean. Si prefieren no leer, no informarse, no escuchar la verdad de la Justicia, entonces están podridos en el fondo del alma. Les espera el infierno que, desde luego, se merecen, por cómplices de un violador de niños. Lo dice la Justicia terrenal y así será en más allá.

25/09/13 3:26 AM

luis

despues de todo lo que lo escarniaron cualquier argentino normal quiere que sea culpable por que si no lo es primero quien le paga el escarnio gratuito sufrido?

Podemos decir que si no es culpable puede ser canonizado por que fue perseguido por odium fidei.

Pero creo que la causa no es tanto odio a la fe sino el disolver su fundacion y quedarse con el predio de 80 has en pleno centro de Buenos Aires lo que es un negocio inmobiliario enorme. Tambien esta el negocio ideologico de que la educacion catolica de los chicos sea tomada por las «madres de plaza de mayo» con otra orientacion muy alejada de la Iglesia.

Pero lo peor es que un grupo coroporativo puede fraguiar una causa en la Argentina y queda impúne. Nungun ciudadano esta exento de ser acosado y sufrir un «bullyng» similar todo apoyado por la Justicia. Es espantoso. Por eso ojala sea culpable para que los argentinos puedan seguir creyendo en la justicia.Siono que el Señor castigue a quienes lo han acusado y perseguido . El 8 Mandamiento existe y el 5 Mandamiento tambien es lo peor por que han «matado» a un inocente Lo han matado civilmente.

25/09/13 4:19 AM

Lina

GRASSI ES INOCENTE. Tuvo la desafortunada decisión de meterse con granujas. Que Dios le conceda paciencia para esperar la justicia Divina porque la humana es una farsa.

25/09/13 6:27 AM

sonia

señor walter le ruego a usted que escribio en este muro que me pase a mi face las fotos de esos tres delincuentes que denunciaron ap pobre padre grassis ,le suplico que me lo pase como muestran la plata de lo que cobraron ,por fabor ,tengo mucho dolor por este pobre sacerdote al que aprecio,Y A ESOS TRES CHANTAS QUE SE PRESTARON EN ALGO TAN DELICADO HIRIENDO DE TAL FORMA A UNA PERSONA INOCENTE Y BURLANDOCE DE LOS QUE REALMENTE SON ABUSADOS AUN POR SUS PROPIOS PADRES ,LES DIGO QUE LA MANO DE DIOS VA A CAER CON MUCHA FUERZA SOBRE USTEDES Y LOS CORRUPTOS QUE SE PRESTARON EN ESTA GRAVE Y MORTAL A LOS OJOS DE DIOS CALUMNIA.YA LO VAN A EMPEZAR A VER ,LO QUE HICIERON ES TOTALMENTE DEMONIACO

25/09/13 10:54 AM

luis

Estimado Ignacio:

No dudo de tu buena voluntad en tu comentario, pero tedir{ia que hay quue ser prudente con la Justicia en USA la justicia pese a reconocer la inocencia de reos condenados a muerte a ultimo momento no detuvo su ejecucion por motivos corporativos y asi hasta hace poco crfeiamos que cuando en USA se aplicaba la pena de muerte era siempre «en justicia» . No la justicia esconde mucha corrupcion se compran y venden jueces , en USA y en todo el mundo. Sobre todo si existen grandes intereses corporativos economicos o sectarios( y por que no esotericos)Es siempre un poco mejor la justicia( en algunos aspectos) en una democracia que en un tiran{ia.Pero puede sustituirse la voluntad del despota por la voluntad de la corporacion para que los jueces tiemblen y conserven su puesto a un a costa de condenar inocentes. No se si Grassi es culpable o inocente, deseo de todo corazon que sea culṕable asi tu texto tiene sentido y los argen tinos pueden creer en la Justicia pero no me resultaria nada extraño que fuera inocente. Es muy facil plantar pruebas materiales, y cuanto mas facil es plantar pruebas o buscar testigos falsos cuando se trata de la palabra de uno contra otro sin pruebas materiales.Repito no se si es inocente o culpable pero eso lo sabe solo el Señor, no tiene nada que ver con lo que decidio la Corte ni declaro el abogado acusador.

25/09/13 2:52 PM

luis

Estimado Ignacio:

No dudo de tu buena voluntad en tu comentario, pero te diria que hay que ser prudente con la Justicia. En USA la justicia pese a reconocer la inocencia de reos condenados a muerte a ultimo momento no detuvo su ejecucion por motivos corporativos y asi hasta hace poco creiamos que cuando en USA se aplicaba la pena de muerte era siempre «en justicia» . No la justicia esconde mucha corrupcion se compran y venden jueces , en USA y en todo el mundo.L Argentina esta en el mundo Sobre todo si existen grandes intereses corporativos economicos o sectarios( y por que no esotericos)Es siempre un poco mejor la justicia( en algunos aspectos) en una democracia que en un tiran{ia.Pero puede sustituirse la voluntad del despota por la voluntad de la corporacion para que los jueces tiemblen y conserven su puesto a un a costa de condenar inocentes. No se si Grassi es culpable o inocente, deseo de todo corazon que sea culṕable asi tu texto tiene sentido y los argentinos pueden creer en la Justicia pero no me resultaria nada extraño que fuera inocente. Es muy facil plantar pruebas materiales, y cuanto mas facil es plantar pruebas o buscar testigos falsos cuando se trata de la palabra de uno contra otro sin pruebas materiales.Repito no se si es inocente o culpable pero eso lo sabe solo el Señor, no tiene nada que ver con lo que decidio la Corte ni declaro el abogado acusador.Por favor borren mi comentario anterior por que corregi algunos errores de tipeo

25/09/13 2:56 PM

Alicia Estela Zoane

Dios fortalezca y mantenga en pie la Fe del Padre Grassi Que lo sostenga y anime em momentos de prueba tan dificiles Recemos mucho para que Dios haga justicia y pronto los responsables de tan gran infamia queden expuestos Pidamos a la Virgen Madre de los sacerdotes que lo cubra con su manto que no permita que lesigan haciendtanto mal

25/09/13 5:06 PM

mAXI

Grassi es inocente, soy psicologo y conozco el perfil de los abusadores, no es el de grassi, el abusador vigila sistematicamente a sus victimas, y no tiene 10 casos, son de a cientos. Es una causa armada de aca a la china. Si puede la tipificacion haber caido como conducta sexual indebida, pero nunca en mis anos de profesion vi una causa como esta donde los testigos se vayan desacreditando. por deducción, el juez deberia excarcelar al acusado, aca hay dinero en el medio y un ajuste de cuentas.

25/09/13 9:52 PM

maxi

El abuso sexual no es una potestad de la iglesia catolica, estadisticamente hay mas abusadores no pertenecientes a la iglesia que curas. es un mito y un invento de ciertos grupos para atacar a los religiosos, lo mismo dicen de los musulmanes que son todos terroristas. hay una honda anticlerical en el mundo que nos va a llevar a cualquier lado.. el abuso sexual es proporcional a todas las clases y grupos humanos, no es exclusivo de los catolicos, no sean ignorantes!

25/09/13 9:55 PM

Zulma Acosta Benitez

Yo no creo que el padre Julio sea inocente , SE QUE ES INOCENTE porque lo conozco es la mejor persona que existe y por hacer una obra de bien fue condenado.

Fuerza Papa tus hijos te acompáñanos a cargar esta cruz hasta el final.

26/09/13 10:58 PM

a.e

algunos textos leídos me dieron pena leerlos pero seguí leyendo para ver su opino sera gente alimentada por lo que ve y escucha en la tv hace tres años casi vivo en calafate soy de provincia de bs as me precento como otro comentario mas,y contarles un poco mas de adentro lo que vi y lo que vivi,me daba un poco de rabia y un poco de pena escuchar a esos personajes supuestos defensores de esos chicos.yo me pregunto si esto no es armado donde estaban esos defensores cuando a dias del juicio se entro a unos de los hogares del padre en forma patotera y vestida de justicia uniformada,queriendo sacar a los chicos a la fuerza y golpeando a chicos y encargados del mismo hogar donde vivían niños,ñinas,y adolescentes con que necesidad?eso quien me lo esplica?por que si es un supesto pedofilo como se llena la boca ese fiscal el dc gallego y barios titeres mas,que me expliquen como hace un pedofilo viviendo en frente de un hogar de niños(FUNDACION FELICES LOS NIÑOS),como hace para no volver a cometer un crimen?saquen la cuenta de los años que pasaron y dIganme como hace un abusador para estar tanto tiempò sin cometer otro abuso?saben que iso ese supesto abusador?siguió con su deber,tratanto de conceguir cosas para los chicos no para El.me daba gracia con dolor al escuchar que se llenaban la boca hablando de la quinta donde El vivia,la querian mostrar como uuffff laaaa gran quinta de 1.000.000 de p jaja es quinta simple y sencilla como lo es El,con un telefono y llena de papales,dibujos de sus hijos con frases dandole apollo y la fuerza necesaria para seguir luchando por ellos,y ahora vienen con que el padre es una persona peligrosa que se puede fugar y cuantas cosas mas,sino se fugo cuando estaba libre por que hacerlo ahora?El se sometió a cada una de las pericias pedidas,habrán los ojos gente ahi un inocente que se desvive por los que mas necesitan,en estos últimos años vi tantas cosas que pasaban que nos pasaban a quienes estábamos ahí el día del juicio sus hijos mayores y colaboradores fueron afueras de la sala saben que fue lo único que pido?que pase lo que pase no respondan con violencia y supuestamente los que amenazaban era la gente del padre,los que entorpecían el caso era la gente del padre?cuando ese dia aparecio un grupo de gente queriendo agredir sus hijos y colaboradores solo fueron apoyar a nuestro padre PADRE DE LOS QUE NO TINEN PADRE yo no pude ir ya que en ese entonces era menor a los que hablan por hablar les digo que no saben verdaderamente lo que el iso y hace por los niños y la cruz que cargo y sigue cargando el calvario que vive,lo ultimo avia una señora que preguntaba si tenian hijos?como queriendo decir,piensen como que seria uno de los sullos.y yo les pregunto .Ustedes TIENEN PADRE?

dos veces soñe con el padre.la primera El aparecia el un puestito solo bestido con ropa tipica de cura pero con la ropa que se lo ve en la mayoria de fotos a don bosco,un grupo de amigos y yo crusando la calle como yendo a jugar a la pelota y el en un humilde puesto,eso fue en agosto en el mes de don bosco y la segunda ves lo soñe con un poncho abajo de el mismo la ropa que siempre el lleba como padre, festejando el dia de seferino la mucura en el colegio donde lleva su nombre al otro dia cuando voy al trabajo me entero que era el dia de seferino namucura miro una foto y era el mismo poncho que el usaba en mi sueño,ademas de todo lo que dijo el papa y hablo esta semana y el mismo dia que le dictaban la sentencia al padre,también hablo y dijo que ahi que disfrutar a los santos en vida o algo asi.cuestion tratemos de disfrutar de gente como El.no la gusguemos por calumnias y falsas mentiras hoy me pueden decir que la corte fallo tres veces en contra de El,pero no olvidemos que ahora salio denuevo el de carrera la justicia tambien fallo en su contra y depues de tanto tiempo privado de su livertar parece que el hombre es inocente. no dejemos que esto vuelva a pasar,señores jueces habran el corazon y no dejen que otro inocente pague por lo que no iso.dios los bendiga y que tengan buenas noches.

27/09/13 5:49 AM

Notre Dame

Tengo mis dudas sobre el Padre Grassi pero lo que si no tengo duda alguna de los SINIESTROS PERSONAJES ACUSADORES TERRORISTAS Y LO PEOR EN EPOCA DE DEMOCRACIA

ENTRE LAS QUE FIGURA LA VIEJA ARPIA LA CARLOTO que no la llamo sra .porque no se lo merece

11/10/13 6:38 PM

Notre Dame

Estamos en DEMOCRACIA? por lo tanto cuando uno expresa la VERDAD sobre ciertos/as individuos que se titulan SRES/RAS con un pasado por demas de oscuro lo unico que vale es la verdad caso contrario por la misma razon asi estamos.

11/10/13 6:45 PM

Notre Dame

De ninguna manera sigan con esa postura y desgraciadamente seguiremos siendo un pais BANANERO

Que razon tiene la Dra, Llita Carrio que por decir la verdad es tan criticada pero por «gente» OBTUSA

11/10/13 6:48 PM

Claudio

Grassi es tan pedófilo como la presidenta de la nación abogada exitosa… no son mas que una jauría de estafadores. Grassi es inocente.

18/04/14 5:43 PM

Hector

Y ahora que comentarios van a hacer? A quien le van a hechar la culpa? Quien lo armo? Y el control del Estado donde esta? Que va a decir el Director del penal? Estara todo montado por el mal? Y Portal que va a decir? Lo excomulgaran? Y el obispo de Moron donde esta? Preguntas que como todo quedaran sin responder.

28/07/14 5:31 AM

maria

EL PADRE GRASSI ES INOCENTE UN CHICO EN CHACARITA LE DIJO A UNA SEÑORA QUE LE QUISIERON PAGAR PARA QUE DIGA QUE EL PADRE LO VIOLO

30/07/14 12:52 AM

MF

Y ahora que piensan despues de que se ha intervenido la fundacion Felices los Ninos??? Que Lanata miente? Que todos mienten? A este cura habria que ponerlo en celda comun y excomulgarlo/ Y el pap??? haciendo marketing y tomando mate.

31/07/14 8:27 AM

MARÌA DE LOURDES

PADRE GRASSI INOCENTE 100% LO DIRÈ HASTA EL ÙLTIMO DÌA DE MI VIDA. LE ARMÒ LA CAUSA EL JUZGADO DE MORÒN CON LA MONTONERA MIRIAM LEWUIN. BASTA YA !!! LIBEREN A ESTE SANTO SACERDOTE QUE ABSUELTO DE TODOS LOS CASOS, PERO IGUAL FUE CONDENADO !!! HABÌA QUE SACARLE LA FUNDACIÒN, Y ASÌ FUE DEMOSTRADO, AHORA SE LA QUEDA LA MONTONERA CARLOTTO !!! DESPIERTEN SEÑORES !!! ENTIENDAN DE UNA VEZ LO QUE ESTÀ PASANDO !!! LIBEREN AL PADRE GRASSI PORQUE ES INOCENTEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE !!!!!!!

02/08/14 3:23 AM

Walter

A la gente desesperada que hace mil preguntas sobre la intervención en la fundación gracias a ese gordo inmundo de LARRATA, les digo que una vez más se demostró que fue todo armado, como la causa misma. Ahora esa basura de interventor Casolatti no sabe qué hacer, y mientras se roba todo él a favor de los presos que dice defender. De todas maneras, el Informe Sancinetti ya en poder del Papa Francisco lo sabe inocente y se espera el fallo de La Corte Suprema de la Nación para intervenir

17/09/14 10:22 PM

Esta publicación tiene 4 comentarios esperando moderación…

Mauricio Macri Nos Agradece a TODOS…

2015/11/25

Incluidos Cristina FK, El Papa, Maxima de Holanda, JB Alberdi y su GENIAL ARTICULO 29 

23/11/2015 /  Enlace para enviar> http://wp.me/p2hqUO-R1 

Para: gsaintmartin@hotmail.com

Hola Gaston Alejandro Saint Martin
Creo que la otra vez lo comenté, pero hoy la explicación vale la pena. En determinadas ocasiones la palabra gracias es insuficiente. La usamos demasiado. Decimos gracias cuando alguien nos deja pasar, cuando nos abren la puerta, cuando nos pasan la sal, cuando nos convidan agua… Decimos gracias muchas veces en el día por cosas pequeñas.
Por eso cuando queremos agradecer a alguien por algo grande, cuando, por ejemplo, queremos agradecer a un médico que le salvó la vida a un pariente, a alguien que fue especialmente generoso con nosotros, o agradecer a Dios o al destino por una situación afortunada, sentimos que la palabra gracias nos queda chica. ¿Te pasó alguna vez decir gracias muchas veces a una persona porque sentías que decirlo solo una vez era de desagradecido?
Desde ayer yo estoy así. Digo gracias y siento que me quedo corto. Querría ir casa por casa y darle la mano o un beso a cada argentino que creyó en el cambio y decirle «gracias, gracias, gracias». Pero no puedo hacer eso.
Lo único que me queda es escribir esta carta y decirte con sinceridad que estoy totalmente agradecido por tu confianza. Quiero decirte que soy consciente de la responsabilidad enorme que nos espera. Tengo la esperanza en todos nosotros para enfrentar ese desafío: somos un país espectacular.
Aunque lo voy a decir una sola vez, estoy seguro de que me vas a entender:
GraciasMauricio